Confirmada multa a Enparantza por atribuir a Guardia Civil muerte de Jon Anza

  • La Audiencia Nacional ha confirmado hoy la multa de 5.760 euros que impuso en febrero al abogado de ETA Jon Enparantza por injuriar a las fuerzas de seguridad del Estado cuando atribuyó a la Guardia Civil la muerte del etarra Jon Anza, unas expresiones que producen "un temerario desprecio a la verdad".

Madrid, 28 feb.- La Audiencia Nacional ha confirmado hoy la multa de 5.760 euros que impuso en febrero al abogado de ETA Jon Enparantza por injuriar a las fuerzas de seguridad del Estado cuando atribuyó a la Guardia Civil la muerte del etarra Jon Anza, unas expresiones que producen "un temerario desprecio a la verdad".

La sección tercera de la Sala de lo Penal desestima así el recurso de apelación interpuesto por la representación de Enparantza frente a la sentencia que dictó el Juzgado Central de lo Penal el pasado 25 de febrero, por las declaraciones hechas en una rueda de prensa de Bayona (Francia), en las que acusaba al instituto armado de haber secuestrado y torturado hasta la muerte a Anza.

La Audiencia Nacional considera que Enparantza vertió "expresiones cuyo sentido o significado son inequívocos con pleno conocimiento de su alcance, tanto más en función de la profesión de abogado del condenado" y destaca que estas "gravísimas acusaciones" contra la Guardia Civil han sido "palmariamente" reproducidas de nuevo en su recurso.

Especialmente, cree que sus palabras constituyen un "temerario desprecio a la verdad", porque se produjeron "con una precipitación de todo punto innecesaria y ajena a un lícito interés en el descubrimiento de la verdad" y también, según destaca la sentencia, antes de que las autoridades francesas comenzaran la investigación sobre las causas de la muerte de Anza.

El etarra fue encontrado el 29 de abril de 2009 en un parque de Toulouse en parada cardiorrespiratoria y tras ser reanimado fue ingresado en el hospital de Purpan, donde falleció el 11 de mayo, pero hasta marzo de 2010 no se informó de que en la morgue se intentaba identificar un cadáver que podía pertenecer a Jon Anza, lo que se confirmó días después.

Esto ocurrió, según la sentencia anterior, por "una serie de errores administrativos y disfunciones producidas entre la policía judicial francesa y la dirección del hospital de Toulouse", pero indica que la causa de la muerte fue natural y relacionada con un tumor cerebral que padecía.

En la sentencia hecha pública hoy, la sección tercera de la sala de lo Penal dice estar "convencida" de la "ausencia total" de la intervención de la Guardia Civil en la muerte de Anza y, por eso, cree que Enparantza no puede basar su recurso en una "defensa ex post" (posterior) de una tesis que ya se ha desestimado.

En este sentido, la sala ha decidido que no cabe considerar "datos periféricos irrelevantes" aportados por Enparantza frente a la "demostración unívoca e inequívoca" de que "en la muerte de Anza no tuvo la Guardia Civil intervención alguna directa, indirecta, mediata ni inmediata".

Queda así confirmada de forma íntegra la condena por un delito de injurias a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado a Enparantza, que deberá pagar durante dieciséis meses (480 días) una multa con cuota diaria de 12 euros, lo que constituye una multa total de 5.760 euros.

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