Defensa aprueba norma sobre enseñanza que regula acceso a cuerpo de Sanidad

  • Defensa ha modificado las normas sobre planes de estudios de la formación militar general para el acceso a las escalas de oficiales, con el fin de posibilitar la incorporación a la escala de oficiales de Sanidad, especialidad de Medicina, cuando el ingreso es sin exigencia de titulación universitaria.

Madrid, 9 jul.- Defensa ha modificado las normas sobre planes de estudios de la formación militar general para el acceso a las escalas de oficiales, con el fin de posibilitar la incorporación a la escala de oficiales de Sanidad, especialidad de Medicina, cuando el ingreso es sin exigencia de titulación universitaria.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la Orden DEF/1486/2012, de 4 de julio, por la que se modifica la Orden DEF/1158/2010, de 3 de mayo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la formación militar general, específica y técnica para el acceso a las diferentes escalas de oficiales.

Hasta ahora, toda la normativa el respecto no contemplaba la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad Medicina, cuando el ingreso es sin exigencia de titulación universitaria previa.

En consecuencia no se recoge ni su duración, ni los créditos que lo conforman, así como tampoco la distribución de la carga de trabajo y configuración modular de dicho plan de estudios.

La nueva normativa señala que la enseñanza de formación de los oficiales para integrarse o adscribirse en los cuerpos específicos de los ejércitos y en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas se impartirá en los centros docentes militares determinados y que serán recogidos en los planes de estudios correspondientes.

Determinadas materias o asignaturas del plan de estudios de formación militar se podrán desarrollar en universidades o en instituciones educativas, civiles o militares, nacionales o extranjeras, con las que se haya establecido un convenio.

La superación de los planes de estudios dará la condición de militar de carrera o de militar de complemento y la atribución del empleo de teniente o alférez de navío, según corresponda.

La Orden aprobada ahora establece que en el plazo máximo de dos meses el Ministro de Defensa aprobará los planes de estudios de la formación militar general, específica y de especialidad fundamental para incorporarse a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina cuando para el ingreso no se exija titulación universitaria.

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