El juez impone cárcel e inhabilitación a los 2 ex alcaldes y ordena el derribo del edificio

  • Granada.- Un Juzgado ha condenado a siete años de inhabilitación a los ex alcaldes de Monachil Francisco Lara (PSOE) y Antonio Trinidad (PP), al que ha impuesto además 6 meses de cárcel, por prevaricación en el cambio de uso de una parcela para construir un edificio que ha ordenado derribar con cargo a los acusados.

El juez impone cárcel e inhabilitación a los 2 ex alcaldes y ordena el derribo del edificio
El juez impone cárcel e inhabilitación a los 2 ex alcaldes y ordena el derribo del edificio

Granada.- Un Juzgado ha condenado a siete años de inhabilitación a los ex alcaldes de Monachil Francisco Lara (PSOE) y Antonio Trinidad (PP), al que ha impuesto además 6 meses de cárcel, por prevaricación en el cambio de uso de una parcela para construir un edificio que ha ordenado derribar con cargo a los acusados.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada impone también a Trinidad, al que atribuye un delito de prevaricación urbanística, una multa de 3.600 euros por esta causa, en la que también han sido condenados el ex concejal de Urbanismo Benjamín Rodríguez (PP) y el arquitecto municipal en el momento en que ocurrieron los hechos, que fueron denunciados por la comunidad de propietarios de un bloque contiguo.

El ex edil de Urbanismo ha sido condenado, por un delito de prevaricación y otro de prevaricación urbanística, a 20 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, a 12 meses de cárcel y a multa de 3.600 euros, y el ex arquitecto municipal a 16 años de inhabilitación, ocho meses de cárcel y multa de 2.400 euros por prevaricación urbanística.

La sentencia declara además la nulidad del estudio de detalle que permitió la construcción del edificio en cuestión -82 apartamentos turísticos en Sierra Nevada-, de la licencia que se otorgó a la constructora y del orden del pleno municipal que acordó concederla.

Los acusados deberán además acometer la demolición del edificio construido en el plazo de seis meses, "corriendo con todos los gastos que se deriven de forma solidaria e indemnizando solidariamente a quienes pudieran resultar perjudicados".

Según el fallo, cuando los acusados accedieron al Ayuntamiento ya se había aprobado de forma definitiva, al amparo de las normas subsidiarias, el plan especial por el que se procedió a la urbanización del solar en cuestión, al que se otorgó un uso de equipamiento sociocultural.

Con la ejecución del plan, los propietarios afectados adquirieron el derecho del uso de equipamiento sociocultural del solar, cuya calificación fue confirmada con la revisión de las normas subsidiarias, si bien en 2003, siendo alcalde Francisco Lara, edil de Urbanismo Benjamín Rodríguez y arquitecto municipal el acusado, idearon un plan para construir pisos en la parcela, "aun a costa de prescindir de todas las normas jurídicas y garantías aplicables".

Así, encargaron al arquitecto que idease la fórmula legal para modificar la realidad urbanística de la parcela, según la sentencia, que mantiene que en lugar de optar por la tramitación de una modificación puntual de las normas subsidiarias, los acusados se decantaron por un estudio detalle porque la primera opción "no les garantizaba alcanzar su propósito".

El arquitecto redactó el estudio detalle "ignorando deliberadamente todo el proceso urbanizador previo" y los derechos de los propietarios.

El estudio detalle fue aprobado en 2003 en comisión de gobierno, de la que formaban parte Lara y Rodríguez, para que la finca se destinara a la construcción de pisos, a sabiendas de la ilegalidad.

Con posterioridad, tramitaron el expediente de permuta de la finca a particulares, de quienes, tras dos ventas consecutivas, pasó a la promotora interesada en levantar un bloque de apartamentos.

Finalmente, en octubre de 2004, siendo alcalde Trinidad -Rodríguez seguía de concejal de Urbanismo-, la promotora dueña del solar pidió al Ayuntamiento licencia de obras para la construcción de 82 apartamentos turísticos, que le fue concedida con un informe técnico favorable del arquitecto municipal -que seguía siendo el mismo-, "a sabiendas de la ilegalidad de la situación jurídica creada por el estudio de detalle que él mismo había redactado".

La licencia concedió una superficie edificable total de 7.189 metros cuadrados, "muy por encima de los 3.192 metros" de edificabilidad que realizó el arquitecto para hacer la permuta.

Finalmente, la promotora construyó el edificio y puso en venta las viviendas al margen, además, "de todo uso turístico".

Mostrar comentarios