El mosso condenado por golpear a un diputado de la CUP no será sancionado

  • El Departamento catalán de Interior no adoptará ninguna medida disciplinaria interna contra el subinspector de los Mossos d'Esquadra que ha sido condenado por una falta de lesiones dolosas por golpear al ahora diputado de las CUP David Fernández durante el desalojo de indignados del 27M en la plaza Cataluña.

Barcelona, 17 jul.- El Departamento catalán de Interior no adoptará ninguna medida disciplinaria interna contra el subinspector de los Mossos d'Esquadra que ha sido condenado por una falta de lesiones dolosas por golpear al ahora diputado de las CUP David Fernández durante el desalojo de indignados del 27M en la plaza Cataluña.

La sección novena de la Audiencia de Barcelona ha revocado la sentencia dictada por un juez de Barcelona, que absolvió al subinspector de las brigadas ARRO Jordi Arasa, y le ha condenado a indemnizar con 200 euros a Fernández y a pagar una multa de 225 euros, por una falta de lesiones dolosas.

Según han informado a Efe fuentes de la consellería de Interior, el departamento liderado por Ramon Espadaler respeta y acata la sentencia de la Audiencia que condena al subinspector, si bien no adoptarán ninguna medida disciplinaria en su contra y le mantendrán en su puesto de trabajo en la brigada de recursos operativos (ARRO).

En la sentencia, la Audiencia advierte sobre la "profunda alarma social" que provocan "actuaciones policiales tan desproporcionadas" como la que cometió el subinspector condenado que, según el fallo, propinó al ahora diputado de las CUP una "pluralidad de golpes" que fueron "innecesarios y desproporcionados".

Para el tribunal, intervenciones como la del subinspector son "tanto más repudiables cuando se producen contra ciudadanos indefensos que protestan de forma pacífica y sin riesgo alguno ni para el interés general ni para terceros".

Según la sentencia, el subinspector infringió con su "reprochable actuar" los principios básicos de la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad a la hora de dar un trato correcto a los ciudadanos y de impedir con el ejercicio de su actuación profesional cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria.

A diferencia de lo que consideró el juez que absolvió al mosso, que concluyó que no se podía probar que el subinspector actuara de forma desproporcionada, la Audiencia remarca que los vídeos en los que se ve el incidente demuestran que el policía asestó varios golpes al ahora diputado, así como a otros indignados, cuando estaba sentado en el suelo con los brazos en alto.

"No se hizo un uso progresivo de la fuerza, que debería haber llevado al funcionario policial a intentar primeramente asir por el brazo al denunciante y levantarlo, sino que utilizó ya de inicio el recurso del uso de la defensa, propinando una pluralidad de golpes al lesionado innecesarios y desproporcionados", remarca la sentencia.

Esta causa es el único episodio del desalojo de indignados de la plaza de Catalunya que llegó a juicio, ya que el juez instructor archivó la causa abierta a raíz de la querella presentada por una cincuentena de personas.

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