El supremo confirma la condena al juez serrano, que ahora podrá recurrir ante el constitucional


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido inadmitir la petición de nulidad que el juez Francisco de Asís Serrano presentó contra la sentencia que le condenaba por prevaricación.
El origen de este caso se debe al cambio en las medidas cautelares sobre el régimen de visitas de un menor a favor de su padre (para que el niño participase en una procesión de Semana Santa), que según la madre se adoptó de forma irregular.
De acuerdo con la actual resolución del Supremo, su anterior dictamen no vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva del juez Serrano, tal como este sostenía en la petición de incidente de nulidad de actuaciones.
En su dictamen, el Supremo considera “improcedentes” los motivos por los que el juez argumenta la vulneración de sus derechos fundamentales, única razón por el que se puede conceder este tipo de nulidad.
Dicha solicitud es requisito previo a la presentación de recurso en el Tribunal Constitucional -se deben agotar todas las vías antes de llegar a esta instancia-, por lo que su inadmisión deja abierta la puerta a que el juez Serrano recurra finalmente su condena en este tribunal.

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