La cnmv quiere que el 30% de los miembros de los consejos de administración sean mujeres en 2020


La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quiere que en el año 2020 el número de mujeres en los Consejos de Administración de las empresas cotizadas represente, al menos, el 30% de sus miembros.
Así se recoge en el nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas de la CNMV, presentado este martes. Este código está compuesto por 64 recomendaciones, frente a las 53 de la versión de junio de 2013.
Además, se han introducido 23 nuevas recomendaciones, 12 se han eliminado, al incorporarse su contenido a la Ley de Sociedades de Capital, y 21 han experimentado modificaciones.
Según explica la CNMV, las 64 recomendaciones se agrupan en tres grandes bloques de contenido: aspectos generales (recomendaciones 1 a 5), Junta General de Accionistas (6 a 11) y Consejo de Administración (12 a 64).
Los distintos aspectos sobre el gobierno de las empresas recogidos en este documento serán de aplicación en el ejercicio 2015, del que las empresas darán cuenta en los informes anuales de gobierno corporativo que remitirán a la CNMV en 2016.
Entre las recomendaciones sobre la composición de los consejos, el Código de Buen Gobierno recomienda que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total (un tercio en determinados casos).
Además, se establece que la política de selección tenga por objetivo que en el año 2020 el número de consejeras represente, al menos, el 30% de los miembros del Consejo.
También se recomienda la difusión en la web de información detallada sobre los consejeros, así como transparencia en su selección y en el nombramiento de los dominicales y se introducen recomendaciones sobre los supuestos de separación y dimisión así como del funcionamiento del consejo.
Por otra parte, el nuevo código aborda con detalle el funcionamiento de los consejos, con recomendaciones sobre la dedicación de sus miembros, la frecuencia de las reuniones, la información y el asesoramiento a los consejeros.
Así, se prevén mayores competencias del consejero independiente coordinador en el caso de que el presidente sea también ejecutivo y se establece la evaluación periódica del consejo.
RETRIBUCIONES
El Código de Buen Gobierno dedica sus recomendaciones finales a las remuneraciones de los consejeros. En concreto, se apunta que los componentes variables de la remuneración estén vinculados a criterios de rendimiento predeterminados y medibles.
Se señala también que el pago de una parte relevante de los componentes variables se difiera por un periodo mínimo de tiempo y que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permitan a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables.
Por su parte, se quiere que los pagos por resolución de contrato no superen un importe equivalente a dos años de remuneración total anual, y no se abone hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido los criterios de rendimiento establecidos.

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