La Corte Suprema de México niega amparo a electricistas de empresa extinta

  • La Suprema Corte de Justicia negó hoy un amparo al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), que reclamaba que se reconociera al presidente mexicano como "patrón sustituto" en lugar de la estatal compañía Luz y Fuerza del Centro (LyFC), liquidada en 2009.

México, 30 ene.- La Suprema Corte de Justicia negó hoy un amparo al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), que reclamaba que se reconociera al presidente mexicano como "patrón sustituto" en lugar de la estatal compañía Luz y Fuerza del Centro (LyFC), liquidada en 2009.

Los cinco magistrados que integran la Segunda Sala del alto tribunal negaron un amparo al SME con el argumento de que el presidente "no puede considerarse como el patrón en las relaciones con los trabajadores de un organismo descentralizado como era Luz y Fuerza del Centro".

En octubre de 2009, el Gobierno mexicano, presidido entonces por Felipe Calderón, extinguió por decreto y de manera sorpresiva a la empresa LyFC, lo que llevó al despido de 44.500 trabajadores y a que la estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE) asumiera las operaciones de la firma cerrada.

Aunque la mayoría de los trabajadores electricistas aceptaron su liquidación, alrededor de 15.000 mantuvieron una campaña de movilizaciones de protesta y entablaron una demanda constitucional contra del decreto que liquidó a la empresa y una laboral para que se reconociera a la CFE como "patrón sustituto".

La Suprema Corte desechó en 2010 la demanda constitucional y ratificó que el decreto había sido legal, mientras que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje ratificó el fin de la relación laboral y ordenó el pago de las indemnizaciones a los trabajadores.

No obstante, el 13 de septiembre de 2012 un Tribunal Colegiado concedió un amparo al SME por considerar que no hubo "causa de fuerza mayor" para la desaparición de la empresa, sino una decisión del mandatario, por lo que "a él es a quien debía considerarse como patrón".

Con la decisión de hoy, el Supremo revocó el amparo que había otorgado el Tribunal Colegiado al considerar que los organismos descentralizados "tienen personalidad jurídica propia y su propio patrimonio, además de que tienen autonomía del presidente".

El fallo de hoy es definitivo, por lo que permanece firme "el laudo" de la Junta Federal de Conciliación sobre el final de las relaciones laborales y la indemnización.

Los trabajadores electricistas protestaron contra el fallo de la Corte y anunciaron que llevarán sus demandas ante tribunales internacionales, entre ellos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).

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