En contra del criterio de la Abogacía

La juez de Ceuta mantiene la suspensión de la devolución de menores migrantes

Coincide con la Fiscalía en que no se ha cumplimentado ninguno de los trámite preceptivos. Considera que permitir la repatriación de los afectados podría perjudicar la ejecución de una futura sentencia.

Un grupo de menores se fugan de las naves del Tarajal para evitar ser devueltos a Marruecos este sábado junto al centro de menores Santa Amelia
Un grupo de menores se fugan de las naves del Tarajal para evitar ser devueltos a Marruecos este sábado junto al centro de menores Santa Amelia
EFE

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta ha acordado este martes mantener la medida cautelar acordada el pasado 16 de agosto por la que suspendió la devolución de un grupo menores migrantes a Marruecos. La juez afirma que, de levantarse dicha medida, se estaría permitiendo la repatriación de los mismos, por lo que en caso de haya una futura sentencia que estime la vulneración de los derechos de los menores, sería "absolutamente ineficaz" su ejecución debido a que estos ya habrían cruzado la frontera.

En su resolución, la magistrada coincide con los argumentos de la Fiscalía, en cuyo informe, que también ha podido consultar La Información, resaltó que "hasta el momento, no se han aportado los expedientes administrativos que, respecto de cada uno de los menores, se hubieran debido incoar por la Administración competente" en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de la ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Por este motivo, los afectados no ha podido conocer "los fundamentos que justifican" su repatriación, argumenta el Ministerio Público.

El auto afirma en esta misma línea que "no consta que se haya cumplido con ninguno los preceptivos trámites", pues "no se ha aportado información alguna de los menores afectados que permitan conocer los datos que han determinado su repatriación". Asimismo, destaca que en ningún caso se ha remitido comunicación alguna sobre el inicio del proceso de repatriación ni a los menores; ni a la ciudad autónoma, "pese a asumir ésta la guarda de los menores"; ni al Ministerio Público. Tampoco se ha aportado resolución motivada que pueda ser recurrible. En este sentido, la juez apunta que no puede entenderse como cumplimiento de los trámites exigidos "la mera remisión a Fiscalía del listado de menores que ese mismo día se van a repatriar".

Obligación de cumplir la ley, sin excepción

De hecho, la magistrada enfatiza que "no puede tomarse en consideración el número de menores que hay en Ceuta" con motivo de la crisis migratoria que tuvo lugar el pasado mes de mayo "para justificar el incumplimiento de las disposiciones legales". La paralización urgente de la devolución de 12 menores fue solicitada por la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y jóvenes y por la Fundación Raíces, aunque el juzgado atendió la solicitud para nueve de ellos debido a que los otros tres ya habían sido repatriados.  Obligación de cumplir las normas, sin excepción

Tras hacer un repaso de toda la legislación que actúa en el caso de retorno de menores no acompañados y la protección de los mismos, la resolución hace especial hincapié en que todas las partes, incluidas las Administraciones, están obligadas a cumplir con las normas vigentes, "sin realizar excepciones no contempladas expresamente en el propio texto normativo". Por todo ello, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de la ciudad autónoma considera que el "incumplimiento de estos trámites" recogidos en el ordenamiento jurídico "generan indefensión en los menores", ya que "han sido privados de la posibilidad de formular alegaciones o proponer prueba"; de conocer los concretos datos tenidos en cuenta para acordar su repatriación; así como de poder intentar dejar sin efecto dicha decisión, mediante la presentación de recursos.

Respuesta a la Abogacía del Estado

De este modo, la juez se posiciona en el extremo contrario a lo expuesto por la Abogacía del Estado -en representación del Ministerio del Interior-, que defendió la legalidad de las devoluciones de menores por la "situación excepcional" que vive la ciudad española. Para ello, se apoyó en el Acuerdo de 2007 firmado con Marruecos, si bien la magistrada responde que dicho documento "tan solo contiene una declaración de intenciones por los Estados contratantes para cooperar en materia de prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, y en el retorno de dichos menores".

Añade que para lograr la finalidad de dicho acuerdo, las autoridades españolas se comprometieron a cumplir con una serie de obligaciones, entre otras facilitar información a las autoridades marroquíes y a proteger a los menores, conforme a la Convención de Derechos del Niños, la legislación nacional y la de las Comunidades Autónomas. 

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