La legislación del ruido genera "desigualdades" en los horarios de Nochevieja

  • La legislación del ruido en España obliga a las discotecas a cerrar a horas diferentes en Nochevieja según lo establecido por cada comunidad autónoma, hecho que genera "grandes desigualdades".

Madrid, 23 dic.- La legislación del ruido en España obliga a las discotecas a cerrar a horas diferentes en Nochevieja según lo establecido por cada comunidad autónoma, hecho que genera "grandes desigualdades".

Desde las 4.30 horas de Murcia hasta las 9.00 de la Comunidad Valenciana, llegando a la ausencia por completo de limitación en regiones como Asturias, Castilla-La Mancha y Castilla y León.

Ese es el amplio margen que existe para poner fin a las celebraciones del 31 de diciembre en función de la ubicación, según el "Informe del Ruido-Especial Nochevieja", realizado por la empresa Aistec.

Tras analizar las ordenanzas municipales relativas a la contaminación acústica en domicilios de trece de las ciudades más importantes de España, salvo en el caso de Sevilla, ninguna hace referencia a Nochevieja.

Por ello, la norma general, aplicable todo el año, incluye también la noche del 31 de diciembre. Al amparo de estos datos, todos los ruidos estarían limitados en el plazo de tiempo que las ordenanzas denominan como horario nocturno (en líneas generales de 22.00 a 8.00 horas).

En lo que a celebraciones en discotecas se refiere, existen claras diferencias entre comunidades. Esto perjudica a los empresarios del sector que deben cumplir un horario más restrictivo y a los ciudadanos que se ven obligados a disfrutar de menos horas de ocio.

En palabras de Juan Martínez-Tercero, presidente de la Federación de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de España (Fasyde): "Hay establecimientos que están separados por muy pocos kilómetros, pero que pertenecen a comunidades autónomas distintas por estar en sus límites geográficos, y por tanto deben cumplir diferentes normativas".

Este hecho muy común en España, dada las múltiples autonomías que existen, provoca en estos locales diferencias en el horario de cierre de hasta dos y tres horas a lo largo del año.

Martínez-Tercero destaca en una nota de prensa que en situaciones así se está favoreciendo el traslado de los clientes hacia los establecimientos que abren hasta más tarde, con todo lo que ello implica. "Si se produjera una homogeneización, evitaríamos estos riesgos, peligros y problemas derivados de las diferencias", apunta.

En este sentido, llama la atención el horario impuesto en determinadas regiones. Tal es el caso de Murcia, cuya normativa marca las 4.30 como hora límite, o de Extremadura, con la hora de cierre establecida en las 5.30 para tan señalada ocasión.

Por contraposición, Asturias, Castilla-La Mancha y Castilla y León tienen libertad para echar el cierre a la hora que deseen.

Por otro lado, ciertas regiones amplían el horario habitual de clausura para esa noche. En concreto, Cataluña aumenta 90 minutos la hora de cierre, que pasa de las 5.00 a las 6.30 horas.

Lo mismo ocurre en la Comunidad Valenciana, cuyo horario se extiende de las 7.30 a las 9.00 horas y mención especial merece también La Rioja, que marca las 8.00 horas como el límite de cierre.

De modo similar, aunque no citan la Nochevieja en sus decretos, hay comunidades que amplían el horario de las discotecas, al tratarse de la víspera de un día festivo.

Éste es el caso de Andalucía y Aragón, que lo amplían una hora, o de Extremadura, Galicia, Madrid, Navarra y Murcia, que lo extienden treinta minutos.

En las islas Baleares, no existe una normativa que regule a todo el archipiélago y debido a ello son los propios ayuntamientos de cada municipio los encargados de dictaminar los horarios.

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