La onu discrepa del rechazo de españa a extraditar a argentina a acusados de crímenes en el franquismo


Cuatro expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas disintieron este viernes de la decisión del Consejo de Ministros de rechazar la extradición de 20 ciudadanos españoles, entre ellos 8 exministros, reclamada por la juez argentina María Servini por presuntos crímenes cometidos durante el franquismo.
Los expertos son Ariel Dulitzky, presidente del grupo de trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias; Christof Heyns, relator especial sobre las ejecuciones Extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Juan E. Méndez, relator especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y Pablo de Greiff, relator especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
Los expertos señalaron que el Estado español está obligado a extraditar a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos, mientras no se tomen medidas para garantizar el acceso a la justicia y el derecho a la verdad de las víctimas ante las instancias legales españolas.
“La denegación de la extradición deja en profundo desamparo a las víctimas y a sus familiares, negando su derecho a la justicia y a la verdad”, indicaron los expertos de la ONU, que han estado en contacto con el Gobierno español por las extradiciones ordenadas el pasado mes de octubre en el marco de la llamada ‘querella argentina’, en la que se investigan fusilamientos, torturas, robo de bebés y otros delitos en la época franquista.
Servini estableció que los delitos que investiga constituyen crímenes de lesa humanidad y pidió poder juzgar a los responsables, bajo el principio de jurisdicción universal.
CRÍMENES “IMPRESCRIPTIBLES”
Los expertos independientes de la ONU reconocieron que España puede denegar la solicitud de extradición, pero añadieron que “si no extradita, el Estado tiene la obligación de garantizar, ante las jurisdicciones nacionales, el acceso a la justica para las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos y el derecho a la verdad”.
Recalcaron que los argumentos preliminares presentados por el Consejo de Ministros “carecen de base, pues parecen ignorar y contradecir las normas y estándares internacionales de los derechos humanos”.
“En particular, el Estado español no puede escudarse en los principios de prescripción y extinción de la responsabilidad penal para no extraditar, o juzgar, a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos”, señalaron, antes de añadir que “la tortura, las ejecuciones sumarias y la desaparición forzada pueden constituir crímenes de lesa humanidad”.
A este respecto, subrayaron que “los crímenes de lesa humanidad y los delitos de tortura son imprescriptibles, es decir que no ‘vence’ la obligación del Estado de investigar y sancionar a los responsables”.
“Asimismo, la desaparición forzada es un delito continuado y una vulneración permanente de los derechos humanos. La obligación de investigar perdura hasta que se esclarezca la suerte y paradero de la persona”, aclararon.
A la invocación del Gobierno español de los principios de jurisdicción preferente y de no doble incriminación, los expertos de la ONU explicaron que estos principios no se aplican en estos casos, ya que, más de 40 años después de los hechos, no se han iniciado en España investigaciones sobre estos delitos, que incluyen tortura, desapariciones o ejecuciones cometidas durante el franquismo.

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