Las indemnizaciones por despido tributarán a partir de 2.000 euros por año

  • Las indemnizaciones por despido tributarán a partir de los 2.000 euros por año trabajado ya que el Gobierno ha limitado la exención que tenían sobre el IPRF y ha establecido un mínimo exento equivalente a un salario de 20.000 euros anuales.

Madrid, 23 jun.- Las indemnizaciones por despido tributarán a partir de los 2.000 euros por año trabajado ya que el Gobierno ha limitado la exención que tenían sobre el IPRF y ha establecido un mínimo exento equivalente a un salario de 20.000 euros anuales.

Así lo establece la nueva reforma fiscal que hoy ha especificado el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro y el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, que ha añadido que de esta forma se introduce "equidad" en el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido improcedente.

La nueva exención establece que los trabajadores que hayan sido despedidos a partir del 20 de junio empezarán a tributar en 2015 desde los 2.000 euros recibidos por año trabajado.

Hasta ahora todas las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100 % independientemente del salario anual recibido.

Con la nueva reforma fiscal, Ferre ha indicado que cuando las indemnizaciones por despidos se corresponden con niveles de salario anual superior a los 20.000 euros los niveles de tributación van aumentando.

Así, para un sueldo anual de entre 12.000 euros y 20.000 euros que han recibido indemnizaciones de entre 1.100 euros y 1.833 euros por año trabajado, la exención a partir del 2015 es del 100 %.

A partir de salarios anuales de 30.000 euros con indemnizaciones de 2.750 euros por año trabajado, la exención se establece para el 72,72 % de la indemnización.

En el caso de un salario anual de 150.000 euros que ha recibido una indemnización por despido improcedente de 13.750 euros por año trabajado, la exención se reduce al 14,5 % del total de lo percibido por el despido.

Asimismo, este límite en la exención de tributar por indemnizaciones de despido se extiende a los despidos colectivos por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor).

El secretario de Estado ha matizado que el tratamiento fiscal en los casos de indemnización por despido era "disperso" y en muchos casos se daba un "abuso" en la utilización de despidos improcedentes.

Asimismo, ha destacado que el Gobierno también recibirá las aportaciones y sugerencias de la patronal y sindicatos, para "modular" la propia cifra a la que se refiere el mínimo exento.

En este sentido, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha dicho que esta limitación en la exención es una "propuesta" que debe ser estudiada de forma conjunta con los agentes sociales.

Esta limitación -según Hacienda- beneficiará en mayor medida a los trabajadores con sueldos medios y bajos.

Por otra parte, la nueva reforma fiscal también suprimirá la exención vinculada a la entrega de acciones gratuitas a los trabajadores de la propia empresa en la que trabajan, una fórmula utilizada fundamentalmente en la práctica para retribuir a los empleados de mayor renta.

Mostrar comentarios