Manos Limpias pide a Audiencia que rectifique e impute blanqueo a Urdangarin

  • El sindicato Manos Limpias ha solicitado hoy a la Audiencia de Palma que rectifique y complemente el auto en el que rechazó la semana pasada su petición de imputar por blanqueo de capitales a los responsables del Instituto Nóos, Iñaki Urdangarin y Diego Torres, y a la esposa del segundo, Ana María Tejeiro.

Palma, 29 jul.- El sindicato Manos Limpias ha solicitado hoy a la Audiencia de Palma que rectifique y complemente el auto en el que rechazó la semana pasada su petición de imputar por blanqueo de capitales a los responsables del Instituto Nóos, Iñaki Urdangarin y Diego Torres, y a la esposa del segundo, Ana María Tejeiro.

La entidad que ejerce la acusación popular en el caso Nóos ha informado hoy en un comunicado de que ha presentado un escrito de alegaciones en el que solicita la "aclaración, rectificación, subsanación y complemento" del auto en el que dicho organismo avaló la decisión del juez instructor, José Castro, de no imputar un presunto delito de blanqueo a Urdangarin, su exsocio y la mujer de éste.

La sección segunda del tribunal provincial desestimó imputar autoblanqueo a estos tres responsables de Nóos y señaló que Manos Limpias solo apuntó el delito fiscal como antecedente del blanqueo (no la malversación) y no describió "ningún acto de ocultación de su procedencia ilegal" ni especificó qué parte de lo defraudado se blanqueó.

"El beneficio obtenido por la defraudación constituye, así, una mera receptación, que además de que se hallaría prescrita, esta solo se daría en delito contra el patrimonio y el orden socioeconómico", concluyó el tribunal.

Manos Limpias ha asegurado en las alegaciones presentadas hoy que la conclusión de la Audiencia de Palma está basada en "una creencia errónea" de que el sindicato solo apoya su petición en el delito fiscal previo y "no sobre los delitos previos de malversación, prevaricación, fraude a la administración, etc".

La acusación popular afirma que sí realizó su petición de imputación por blanqueo de capitales en referencia a esos "presuntos delitos previos cometidos en el seno del Instituto Nóos y su entramado societario", que ya están motivados extensamente en el sumario y en el auto de cierre de la instrucción, por lo que reclama a la Audiencia que rectifique y subsane su decisión.

Según el sindicato, la sala ha obviado su primera petición de la imputación blanqueo, formulada en febrero de 2014, así como el contenido del recurso de reforma que planteó cuando el juez la rechazó, donde exponía el origen delictivo de los fondos presuntamente blanqueados.

Manos Limpias ha solicitado a la Audiencia de Palma que declare tales conductas susceptibles de ser esgrimidas como acusación frente a los imputados.

Por otra parte, la acusación popular ha reprochado al tribunal provincial que no se pronunciara sobre su solicitud de una prueba adicional: las certificaciones bancarias de pago de las cuotas hipotecarias de inmuebles en Terrassa y Palma por parte de la empresa Aizoon (propiedad al 50 % de Urdangarin y la infanta Cristina).

Según Manos Limpias, dicha prueba permitiría "no sólo reforzar el delito de blanqueo de capitales por el que la infanta Cristina está imputada, sino reforzar el de su esposo y socio, Urdangarin, y del socio y mujer de éste", por lo que reclama a la Audiencia que estime que se practique dicha diligencia, algo que "no alteraría nada la situación procesal existente a día de hoy en la causa".

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