Desde hoy a las 22:00 horas

Melilla se suma al 'cerrojazo' y decreta el aislamiento hasta el 9 de noviembre

El decreto que han publicado las autoridades prohíbe la entrada y salida, tanto por mar como por aire, salvo para causas justificadas de fuerza mayor.

Un operario desinfectando el puerto de Melilla
Melilla se suma al 'cerrojazo' y decreta el aislamiento hasta el 9 de noviembre
AUTORIDAD PORTUARIA MELILLA

Suma y sigue en el goteo de aislamientos. La Ciudad Autónoma de Melilla ha ordenado el cierre perimetral inminente -desde este mismo jueves a las 22:00 horas-, hasta el 9 de noviembre.  El decreto que han publicado las autoridades prohíbe la entrada y salida, tanto por mar como por aire, salvo para causas justificadas de fuerza mayor. La frontera terrestre con Marruecos permanece cerrada desde el 13 de marzo, con el inicio de la crisis sanitaria.

Según ha informado el Gobierno de la Ciudad, tanto para acceder como salir de la ciudad española, los viajeros deberán presentar una 'Declaración responsable para justificar la necesidad de entrada y/o salida de personas en el territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla' que se puede descargar de su página web. 

Y es que la Covid no da tregua a la Ciudad Autónoma. La medida entra en vigor cuando el territorio bate un nuevo récord de contagios, al superar por primera vez los 1.500 casos activos que la sitúan por segundo día consecutivo como la región española con la tasa más alta de contagios por habitante de España. La jornada, además, en la que ha registrado la víctima número 15, tras la muerte este jueves de una mujer de 95 años que estaba ingresada en el Hospital Comarcal.

El Ejecutivo que componen PSOE, Cs y CPM ha detallado que se restringe la entrada y salida de personas en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla "como consecuencia de la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, salvo para determinados desplazamientos, debidamente justificados".

Entre las causas que se pueden alegar en la declaración responsable, se encuentran la "Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios"; el "Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales"; la "Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil" o el "Retorno al lugar de residencia habitual o familiar".

Otras causas permitidas son "Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables"; "Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes"; "Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales "o "Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables".

Por último, señalan otras causas como "Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables"; "Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad"; "Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada" o el desplazamiento de deportistas, personal técnico y árbitros de equipos que participen en competiciones profesionales, así como en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional que pertenezcan al primer y segundo nivel deportivo.

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