Tras una modificación fiscal

Guipúzcoa exime de impuestos la 'paga' que da a supuestas víctimas de torturas

La Diputación de la provincia vasca evita que tributen las indemnizaciones de quien sufrió "vulneraciones de derechos humanos", que están recogidas en una ley que tuvo que ser revisada por el Constitucional.

El diputado general de Gipuzkoa, Markel Olano. EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 17/11/2020
Guipúzcoa exime de impuestos la 'paga' que da a supuestas víctimas de torturas
EUROPA PRESS

Quienes denunciaron haber sufrido torturas por parte del Estado y tuvieron indemnizaciones con el visto bueno de los jueces o la administración en la provincia de Guipúzcoa se librarán de pagar impuestos. La Diputación Foral de Guipúzcoa ha decidido eximir de IRPF las indemnizaciones que reciben las personas que entran dentro de los supuestos que contempla la ley vasca de "reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos". Una decisión que ha comunicado esta misma semana a través de su Boletín Oficial, y que supone otorgar un privilegio fiscal que ya cubre otras 34 circunstancias

El fondo de esta cuestión es la Ley 12/2016, de 28 de julio, más conocida como "ley vasca de abusos policiales". Los beneficiarios de estas ayudas, que van de los 390.000 a los 45.000 euros, pueden ser aquellos que sufrieron "violencia de motivación política entre el 29 de diciembre de 1978 y el 31 de diciembre de 1999" dentro del territorio de Euskadi. Para acreditar esa circunstancia, será necesaria una resolución judicial o administrativa que "reconozca la realidad de unos hechos ilícitos". Con la salvedad de que si los tribunales han fallado en contra de denuncias de este tipo, no se podrá acceder al resarcimiento económico. Los únicos que quedan excluidos desde el principio son los fallecidos o heridos que estuvieran manipulando armas o explosivos y tuvieran intenciones violentas. Es decir, se deja fuera a los miembros de ETA.

Como recoge el Boletín de la Diputación Foral de Guipúzcoa, que lidera Markel Olano (PNV), se ha procedido a la modificación de la Norma Foral que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en su territorio para incluir a los perceptores de las indemnizaciones. Este cambio supone incluir como "rentas exentas" de IRPF a los contribuyentes que perciban las indemnizaciones. Las personas con un aval administrativo o judicial de haber sufrido torturas no tendrán que pagar ni un euro por la cantidad que les abonen por ese motivo. 

La ayuda máxima es de 390.000 euros, que va para quienes tengan una gran invalidez. Las familias de los fallecidos pueden acceder a 135.000 euros. Además, la incapacidad permanente absoluta está dotada con 95.000 euros y la permanente total con 45.000. Las solicitudes empezaron a aceptarse en 2019. Lo que se desconoce es a cuántas personas se ha otorgado ya esa indemnización libre de impuestos. La Información ha preguntado a la Diputación Foral de Guipúzcoa por estos datos, que no habían sido facilitados a esta redacción al cierre de este artículo. 

Pocas torturas acreditadas

La polémica en torno a la ley se produjo porque las víctimas del terrorismo y algunas instituciones consideraban que buscaba reparar a quienes hubieran denunciado que sufrieron torturas mientras eran miembros de ETA o estaban vinculados a los sectores de la izquierda abertzale que justificaban la violencia terrorista. Además, se acusó a la norma de servir como señalamiento a la Policía y la Guardia Civil, a los que se achacan estas actuaciones. Todas esas dudas provocaron que tuviera que ser reformada. Pero actualmente tiene toda validez legal y ha sido avalada incluso por el Tribunal Constitucional. 

La Justicia española ha acreditado pocos casos de torturas denunciadas por ciudadanos vascos. Los que sí han recibido el respaldo judicial son excepciones, como el de la condena de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa a cuatro agentes de la Benemérita que torturaron a los etarras que cometieron el atentado de la T4 de Barajas en 2006. Aunque quien sí ha hecho reproches a España por situaciones vinculadas a las denuncias de abusos bajo custodia es el Tribunal de Estrasburgo, que ha condenado varias veces a las autoridades por no investigar lo suficiente dichas denuncias.

La ayuda máxima es de 390.000 euros para quienes tengan una gran invalidez. Las familias de los fallecidos pueden acceder a 135.000 euros

Una normativa que tuvo que ser modificada

La legislación fue aprobada por el Parlamento del País Vasco en 2016 con el fin de "reparar" para los que hubieran sufrido violencia "en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999". Dicha normativa tuvo que ser reformada a través de una Comisión Bilateral del Ejecutivo de Iñigo Urkullu con el Gobierno central, después de que la Abogacía del Estado la recurriera al Tribunal Constitucional. La decisión partió del Consejo de Ministros que lideraba Mariano Rajoy, ya que consideraba que su formulación excedía sus competencias por plantear que fuera una comisión de valoración quien reconociera a las supuestas víctimas. Lo que entendía como una carencia de seguridad jurídica.

Unas modificaciones que no fueron suficientes para partidos como Ciudadanos, que la volvió a recurrir ante el Alto Tribunal. Según señalaron entonces los naranjas, la legislación era "una infamia" contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por sembrar dudas sobre sus actuaciones. Además, señalaban que se abría la puerta a que pudiera indagar en asuntos ya estudiados por otros tribunales, invadiendo así las competencias del ámbito judicial. Pero en este caso, los magistrados del TC rechazaron la petición de la formación que lideraba entonces Albert Rivera. Entre los motivos para ello, destacaron que los cambios aplicados ya impedían que fuera un órgano administrativo el que investigara hechos que pudieran poner en duda la labor policial en supuestas torturas.

Mostrar comentarios