Posponen análisis recurso de 2 etarras a la condena por torturas a 4 guardias

  • El Supremo ha pospuesto el análisis del recurso interpuesto por Igor Portu y Mattin Sarasola, los etarras que volaron la T-4 de Barajas, a la sentencia por la que fueron condenados por torturas cuatro guardias civiles que integraban el dispositivo en el que fueron capturados, el 6 de enero de 2008.

Madrid, 20 oct.- El Supremo ha pospuesto el análisis del recurso interpuesto por Igor Portu y Mattin Sarasola, los etarras que volaron la T-4 de Barajas, a la sentencia por la que fueron condenados por torturas cuatro guardias civiles que integraban el dispositivo en el que fueron capturados, el 6 de enero de 2008.

Aunque la deliberación de este recurso estaba prevista para hoy, la acumulación de asuntos a analizar por la Sala de lo Penal y su complejidad han llevado al tribunal a posponer su estudio a los próximos días, sin una fecha determinada, han informado fuentes del alto tribunal.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), compuesta por su presidente, Juan Saavedra, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano -que ha sido designado ponente de esta resolución- y Juan Ramón Berdugo, es la encargada de deliberar acerca de este recurso.

El 30 de diciembre de 2010, la Audiencia de Guipúzcoa condenó por torturas a cuatro de los quince guardias civiles que fueron juzgados en San Sebastián por maltratar a Portu y Sarasola, los terroristas que acabaron con la anterior tregua de ETA al colocar una bomba en la T-4 de Barajas que mató a dos ciudadanos ecuatorianos.

La sentencia, que sólo consideró autores de torturas a cuatro de los procesados -todos ellos pertenecientes al Grupo de Acción Rápida (GAR)-, absolvió al resto de guardias, que habían sido acusados de torturas por la acusación particular que ejercieron ambos etarras.

Por ello, Portu y Sarasola optaron por recurrir la sentencia, alegando falta de "motivación" y vulneración de los principios de "legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica", del "derecho a la tutela judicial efectiva" y a un "proceso con todas las garantías".

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