Registrar un inmueble da derecho a ser parte en las ejecuciones hipotecarias

  • El Tribunal Constitucional ha establecido que la inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad da derecho a ser tenido por parte en un procedimiento de ejecución hipotecaria y poder así oponerse al mismo o pagar la cantidad reclamada para evitar la subasta del bien.

Madrid, 10 may.- El Tribunal Constitucional ha establecido que la inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad da derecho a ser tenido por parte en un procedimiento de ejecución hipotecaria y poder así oponerse al mismo o pagar la cantidad reclamada para evitar la subasta del bien.

Una sentencia de la sala primera del Constitucional, que sienta doctrina, lo establece así al otorgar amparo a una sociedad que, en en una subasta de la Agencia Tributaria (AEAT) celebrada en 2008, se hizo con una finca hipotecada y luego no fue citada en el procedimiento iniciado por el banco en 2009 a raíz del impago del préstamo.

La entidad de crédito alegó que la sociedad no le comunicó "en ningún momento" la adquisición del inmueble, "pese a que era conocedora de la existencia de la hipoteca", por lo que no debía ser parte en el proceso.

También expuso que, pese a saber que el inmueble tenía cargas, "desatendió por completo el préstamo hipotecario, sin pagar una sola de las cuotas vencidas después de la adquisición".

Por su parte, la sociedad argumentó que se había subastado un bien que "ya no estaba en el patrimonio del deudor ejecutado", que era el propietario original del inmueble, sino que le pertenecía y del que era su titular registral.

A pesar de ello, el Juzgado no le notificó en ningún momento, ni tan siquiera mediante un edicto, la existencia del procedimiento ejecutivo, produciéndose la segunda subasta.EFE

jav/ltm

(Más información en el servicio de EFECOM)

Mostrar comentarios