Los tomateros canarios satisfechos con la sentencia del TS que reconoce la legalidad de ayudas al transporte en 2003

Los tomateros canarios satisfechos con la sentencia del TS que reconoce la legalidad de ayudas al transporte en 2003
Los tomateros canarios satisfechos con la sentencia del TS que reconoce la legalidad de ayudas al transporte en 2003
EUROPA PRESS
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Fedex ha recordado que este litigio se generó hace unos trece años cuando el Ministerio de Economía y Hacienda abrió un expediente de reintegro de cantidad y reclamó a la federación un total de 8,3 millones de euros, que fueron los concedidos en ayudas directas al transporte del tomate, a lo que se sumaban otros 3,5 millones de euros por los intereses generados por la supuesta deuda, según ha informado la organización en nota de prensa.

Sin embargo, Fedex optó por recurrir la resolución del Ministerio ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y, en el juicio, el experto que defendió la tesis del Ministerio se basó en "los precios establecidos por la consultora Edei para el transporte del tomate a la Unión Europea (UE). Esta tarifa era de 6,68 centímetros por kilo, frente a los 15,56 céntimos que reclamaba la Fedex al Estado".

Por su parte, Fedex aseguró que en el análisis de mercado realizado "no se había tenido en cuenta el transporte en seco de la mercancía, ni la necesidad de utilizar buques frigoríficos para llevar los tomates, pepinos y aguacates hasta la Península" y añadió que en el informe "no se contemplaron" los precios de las navieras que normalmente trabajan con la federación.

Así, apuntó que ante el fallo negativo del TSJC que les obligó a devolver 11,8 millones de euros por ayudas, Fedex recurrió la sentencia en casación y tras cuatro años el TS se ha pronunciado para dar la razón en esta ocasión a la federación, "fallando contra la sentencia del TSJC de 7 de noviembre de 2012".

Así, mientras en la sentencia del TSJC "se desestimó" el recurso interpuesto por Fedex contra la resolución dictada por la Delegación del Gobierno de Canarias de 26 de enero de 2011 sobre reintegro de la subvención (8,3 millones de euros + 3,5 millones de euros por intereses) que había sido otorgada por resolución de 15 de mayo de 2003 por la compensación para el transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias, reguladas por Real Decreto 199/2000, de 11 de febrero, correspondientes al ejercicio 2002.

Respecto a los fundamentos del recurso interpuesto por Fedex al TS, se contempla el "incumplimiento continuado de todos y cada uno" de los trámites que establece la normativa para poder adoptar la decisión de reintegro, así como que la Delegación del Gobierno "tenía el plazo de un mes para acordar el inicio del expediente de reintegro o formular la discrepancia que fue incumplido".

En este sentido, puntualizó que en caso de discrepancia "debe elevarse al titular ministerial para que en el plazo de dos meses resuelva y, sin embargo, el expediente estuvo paralizado durante 16 meses".

Fedex señala que la sentencia recoge, sobre el "desajuste" apreciado por la Sala de Instancia entre la cantidad percibida por Fedex y la que realmente le hubiese correspondido," deriva sólo de la errónea estimación de la Administración". De esta forma, añade, que considera que "si se hubiera aplicado, de forma uniforme y coherente, su criterio de cálculo habría constatado que Fedex debería haber percibido --como mínimo-- el 70 por ciento de la subvención" que obtuvo.

Además, indican que esta sentencia recoge que "si se hubiera atendido a idéntico criterio de proporcionalidad, aplicándolo a la diferencia de distancia entre Canarias y la Unión Europea, Fedex tendría que haber percibido el 100 por 100 de la ayuda. Y si hubiera atendido a los datos reales de transporte marítimo refrigerado (en lugar de recabar datos de transporte en "contenedor seco") habría concluido que, como mínimo la cantidad que le habría correspondido sería muy superior a la pretendida en la estimación realizada".

Al respecto, el presidente de Fedex, José Juan Bonny, ha mostrado su satisfacción por una sentencia que "viene a reconocer que los exportadores ni defraudaron, ni inflaron fletes, ni cometieron delito alguno en relación a lo que acusó la Delegación de entonces".

Agregó que los efectos derivados del litigio "han sido determinantes" en la deriva del sector, apuntando a los "incumplimientos de las administraciones, la coyuntura internacional y la proliferación de plagas" pero afirmó que la sentencia "es motivo de mucha alegría" para el sector porque "viene a hacer justicia en un pleito en el que ha habido mucha intencionalidad, se restituye el honor y reconoce que ni delinque ni infrinja la normativa".

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