En los casos de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse desde el primer día de la semana 35 de embarazo. Con esta medida, se equiparan los derechos de las empleadas embarazadas de la Administración autonómica a las trabajadoras del Estado.
Este permiso se suma a otros en materia de maternidad consagrados en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que incluye, entre otros, el permiso por parto; el que se concede para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto; el de lactancia; el de nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa requiera hospitalización tras el parto, y el permiso por adopción, entre otros.
Con esta medida, el Ejecutivo autonómico remarca su voluntad de "fomentar" la conciliación de la vida laboral y familiar de sus empleados.
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