TSJC confirma 16 años de prisión para el asesino del vigilante de un garaje

  • El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la pena de dieciséis años de cárcel que la Audiencia impuso a Alberto Rovira Moll como autor de un delito de robo con violencia y de otro de homicidio por asesinar a cuchilladas al vigilante de un garaje de Barcelona donde robó 300 euros.

Barcelona, 8 mar.- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la pena de dieciséis años de cárcel que la Audiencia impuso a Alberto Rovira Moll como autor de un delito de robo con violencia y de otro de homicidio por asesinar a cuchilladas al vigilante de un garaje de Barcelona donde robó 300 euros.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el condenado, que fue juzgado por un jurado popular en junio del año pasado.

Los hechos sucedieron en la madrugada del 6 de agosto de 2008 cuando Alberto Rovira entró en el garaje "Pompeia", situado en la Travesera de Gracia de Barcelona y en el que había trabajado anteriormente, con la intención de robar.

Accedió a la cabina del vigilante y se apoderó de 300 euros, pero fue sorprendido por el guardia de seguridad que vigilaba aquel día el garaje y se inició un forcejeo entre ellos.

El condenado sacó un cuchillo y se lo clavó varias veces al vigilante en el cuello, el pecho y el costado, lo que provocó la muerte del agredido, que estaba casado y tenía cinco hijos.

El jurado consideró culpable del crimen a Alberto Rovira y la Audiencia de Barcelona le condenó a 16 años de cárcel -tres años y medio por el robo violento y 12 y medio por homicidio con agravante de abuso de superioridad-, pero el acusado recurrió la sentencia ante el TSJC aduciendo que se había producido un "quebrantamiento de normas y garantías procesales" y que había "un defecto del veredicto".

En su sentencia, el TSJC reprocha al abogado del acusado que haya presentado su recurso de apelación "sin respeto a los mínimos formales que se exigen para la formulación de un remedio impugnatorio" y desestima la apelación porque "ni se ha vulnerado ningún derecho fundamental ni se ha producido ningún quebrantamiento de la normativa procesal".

El tribunal considera que "todo el material probatorio practicado fue valorado de forma correcta por los miembros del tribunal del jurado y recogido y plasmado con sumo acierto por la magistrada-presidente en la resolución aquí apelada".

Durante el juicio, la defensa del procesado adujo que el homicidio había sido cometido por una tercera persona y pidió la libre absolución del detenido, mientras que el fiscal solicitó inicialmente 25 años de cárcel.

En su declaración en el juicio, el acusado negó con rotundidad que entrara a robar al garaje y que acuchillara al vigilante, pese a las distintas pruebas que lo incriminan en el homicidio, como los restos de ADN encontrados en las gafas y en las uñas de la víctima y en un cigarrillo que se encontró en el suelo del aparcamiento. EFE.

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