Un juez español da la razón a colegio que expulsó a alumna con velo islámico

  • Un juzgado de Madrid desestimó hoy el recurso de la familia de una joven de 16 años que fue expulsada en 2010 de su instituto, donde cursaba la enseñanza secundaria, por usar el "hiyab" (velo islámico).

Madrid, 3 feb.- Un juzgado de Madrid desestimó hoy el recurso de la familia de una joven de 16 años que fue expulsada en 2010 de su instituto, donde cursaba la enseñanza secundaria, por usar el "hiyab" (velo islámico).

La sentencia estimó que la decisión del instituto no vulneró la dignidad de esta alumna, Najwa Malha, nacida en España de padres marroquíes, ni supuso una injerencia en su libertad religiosa.

"No cabe hablar de vulneración del principio de dignidad de la persona por el mero hecho de prohibirle acudir a clase con la cabeza cubierta, sino que se trata de una norma de convivencia en cuanto a la indumentaria a utilizar por todos los alumnos", señaló la sentencia del Juzgado de lo Contencioso administrativo número 32 de Madrid, a la que tuvo acceso Efe.

El abogado de la familia de Nawja, Iván Jiménez-Aybar, había alegado en el recurso que al prohibir a la joven entrar con el velo en clase en su instituto de Pozuelo de Alarcón (Madrid) se vulneraba la dignidad de la persona.

La sentencia también considera -en base a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos- que "la prohibición del velo islámico en el ámbito educativo no implica una vulneración del derecho a la libertad religiosa de los alumnos, siempre y cuando la prohibición esté prevista por la ley y sea necesaria en una sociedad democrática".

Basándose en la ley, el instituto Camilo José Cela elaboró un reglamento de régimen interior en el que se establece que "en el interior del edificio no se permitirá el uso de gorras ni de ninguna otra prenda que cubra la cabeza".

La actual sentencia puede ser de nuevo recurrida ante una instancia judicial superior.

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