Tráfico. El gobierno traslada a la dgt la petición del cermi de cambiar el reglamento de conductores para personas sordas


La Oficina Permanente Especializada (OPE) del Consejo Nacional de la Discapacidad del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha puesto en conocimiento, a través de una carta dirigida al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), que trasladará a la Dirección General de Tráfico la necesidad de modificar la normativa que regula el Reglamento General de Conductores en lo que concierne a las personas sordas.
Esta información se facilita en respuesta a la queja que planteó el Cermi en relación a los "criterios de aptitudes para obtener o prorrogar permiso o licencia de conducción ordinaria" de la normativa, ya que, según explicaba, "existe una incoherencia que podría, por falta de claridad, dejar sin efecto las adaptaciones que se reconocen en él".
En este sentido, el Comité pedía la modificación de ese texto por un "conllevan la sujeción a adaptaciones, restricciones u otras limitaciones" en cuanto a las hipoacusías, con o sin audífono, de más del 45% de pérdida combinada entre los dos oídos, obtenido el índice de esta pérdida realizando audiometría tonal.
Así, la OPE, tras analizar la normativa, ha comprobado la incoherencia a la que se refería el Cermi, ya que, según indica, "mantiene la redacción del Real Decreto que regulaba el anterior Reglamento General de Conductores y que ha sido derogado".
Así, reconoce que "supone una incongruencia", ya que, para las personas sordas, establece "como obligación restrictiva la adaptación del vehículo", al mismo tiempo que permite obtener el permiso B1 "siempre y cuando el vehículo esté provisto con los espejos retrovisores".
Por ello, la Oficina Permanente Especializada advierte que "hay que tener en cuenta que actualmente los coches siempre se fabrican con sendos espejos retrovisores exteriores panorámicos acompañando al espejo anterior y así está regulado en las normas sobre fabricación de vehículos y, por tanto, la disposición ha quedado obsoleta".
También expone que las personas sordas con un grado de pérdida del 45% obtienen el carné de conducir cuando superan los exámenes teórico-prácticos; al mismo tiempo que no tienen que pagar un suplemento en los seguros por siniestralidad en las carreteras porque no suelen tener accidentes de tráfico.
Por tanto, coincide con el Cermi en modificar la normativa “por tratarse de una redacción arcaica”, que va en contra de la Convención de la ONU y de la Liondau.

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