OPINION

La función social de la vivienda de Sánchez y los alquileres por las nubes

Pedro Sánchez en la presentación del "programa común progresista".
Pedro Sánchez en la presentación del "programa común progresista".
JOSÉ GONZÁLEZ

Llaman la atención las continuas alusiones del Gobierno socialista a la función social de la vivienda como una fórmula genérica para determinar una nueva ley que regule el sector (la enésima) y justificar una serie de actuaciones en las que se mezclan de forma burda las políticas de alcance para un pilar económico del país, con las medidas efectistas de amparar a los perjudicados por los deshaucios, apoyar la emancipación de los jóvenes o atajar la picaresca de los pisos de alquiler. No es lo mismo poner sobre la mesa un índice de referencia de rentas de alquiler para ver donde las subidas son irracionales y donde no (sin aclarar con qué intenciones), que apuntarse a la moda del cohusing, dar ayudas a la rehabilitación o a la edificación sostenible o buscar soluciones habitacionales para los más vulnerables ante ejecuciones hipotecarias.

En las diecisiete medidas sobre vivienda que Sánchez ha presentado en su programa de futuro Gobierno (muy futuro por el momento), se mezclan actuaciones de largo alcance y efecto estructural en el sector, como la construcción de un megaparque de viviendas sociales para alquilar, la apuesta por facilitar suelo para levantar miles de VPO o una nueva Ley de Vivienda donde cabe todo en virtud de su “función social”, con cuestiones de cierta justificación 'progresista' no muy claras. Solo por mencionar dos de ellas poco tranquilizadoras, la propuesta contempla la intención establecer “un marco legal que defina la vivienda vacía y al gran tenedor de vivienda, y que ponga a disposición de las comunidades autónomas y los ayuntamientos distintas herramientas para su detección y para movilizarlas con fines sociales a precios razonables”. O, a renglón seguido, “estudiar nuevas figuras jurídicas en el ámbito de la legislación civil para adaptar las formas de acceso a la tenencia de la vivienda a las nuevas circunstancias y necesidades sociales, laborales y personales de la ciudadanía”. Todo cabe.

Es evidente que vamos hacia un mercado inmobiliario con una regulación distinta en cada comunidad autónoma, que no es algo del todo malo pues son lugares con realidades diferentes, pero con el aval estatal para atacar a quienes acumulen pisos vacíos, a la espera de saber dónde está el límite entre ser un ‘gran tenedor’ de pisos y un ‘tenedor’ a secas, conjugado con las necesidades que haya en cada caso o ciudad. Andalucía y otras comunidades que se lanzaron en su día a ‘socializar’ el mercado de la vivienda, poniendo en juego el contenido esencial del derecho (no fundamental) a la propiedad privada, ya tuvieron que pasar el filtro constitucional con sus normas. En este caso, más que la función social de la vivienda, tan alardeada ahora, la doctrina jurídica ha marcado ciertos límites al derecho a la propiedad privada (art. 33 de la CE), pero con fines superiores en el ámbito constitucional, como la distribución de la renta, el pleno empleo o el respeto al medio ambiente. Pero pasar de ese paraguas legal a cubrir medidas concretas que habilitan a alcaldes y consejeros autonómicos a decidir quien debe mover sus pisos vacíos y quien no, hay un abismo.

Es loable que en España se intente crear de una vez por todas un mercado amplio de vivienda en alquiler, acogotado tradicionalmente con una cultura inmobiliaria en la que predomina la idea de que alquilar, a esos precios, es tirar un dinero con el que podrías comprar. Los precios de alquiler son altos porque no hay oferta, es evidente. Llegan a crearse situaciones caricaturescas en el centro de las grandes ciudades, con zulos a precio de oro. Pero mientras el 80% del mercado sea en propiedad, poco se puede hacer.

La vivienda es un bien con una función social en España, como la propiedad privada, pero también es un mercado que mueve miles de millones de euros, en el que se invierte en busca de una rentabilidad y cuyo movimiento garantiza ingresos a muchas familias y todo un sector clave en la economía española. Mezclar el concepto social de la vivienda con el carácter especulativo del mercado, lleva a abrir la puerta a una serie de medidas que pueden rozar un intervencionismo poco justificado, como la idea de limitar rentas en los centros de las ciudades con alquileres “tensionados”, algo que estuvo sobre la mesa de negociación entre PSOE y Podemos y que, por ahora, ha quedado ‘in albis’. Tampoco se puede demonizar a la gente porque tenga cuatro pisos para alquilar o vacíos, reservados para sus descendientes en la mayor parte de los casos, porque al alcalde de turno le parezca que eso es injusto con quienes no tienen vivienda, tal vez porque nunca han hecho nada por tenerla.

Cada caso es un mundo en materia de vivienda, pero no se puede legislar en España como si ya estuviera solucionado el problema de la falta de oferta de alquiler, dejando que las diferentes normativas regionales y locales, por legítimas que sean, distorsionen y rompan la unidad del mercado y generen agravios comparativos muy dolorosos por territorios. Y lo que es peor, sin tener en cuenta que ser propietario de uno (o varios) pisos en nuestro país es, por el momento, una de las bases de la función social de la vivienda entre la ciudadanía y de su esencia y su cultura económica.

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