Aprobado el anteproyecto de ley de accesibilidad universal, que afectará a edificios y transporte, entre otros

  • El Consell de Govern ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de accesibilidad universal, que obligará a eliminar barreras a edificios y espacios públicos, transporte, señalización, productos y comunicaciones, con el objetivo de garantizar la autonomía personal de todos los ciudadanos.
Aprobado el anteproyecto de ley de accesibilidad universal, que afectará a edificios y transporte, entre otros
Aprobado el anteproyecto de ley de accesibilidad universal, que afectará a edificios y transporte, entre otros
EUROPA PRESS
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Así lo ha anunciado el conseller de Territorio, Energía y Movilidad, Marc Pons, durante la rueda de prensa posterior al Consell de Govern, donde ha explicado que todas las nuevas construcciones de edificios públicos deberán ser accesibles; además, cualquier edificio que ya esté construido y haga una reforma superior al 50 por ciento será considerado nuevo y tendrá que adaptarse. También afectará a locales de uso público (como por ejemplo un bar, ha señalado Pons).

El proyecto de ley se dirige tanto a la ciudadanía en general como a las entidades públicas y privadas.

Además de la eliminación de barreras arquitectónicas, la norma regula también la accesibilidad en otros ámbitos, a fin de que todo el mundo tenga garantizado el acceso a servicios, medios de transportes, productos, información y comunicaciones, para conseguir "una verdadera accesibilidad universal".

ESPACIOS PÚBLICOS Y EDIFICIOS

Los instrumentos de planeamiento urbanístico deberán prever las medidas pertinentes para garantizar la accesibilidad universal en los espacios urbanos de uso público; incluso en los espacios naturales se deberán garantizar itinerarios y servicios accesibles.

Los entes locales deberán contar con un plan de accesibilidad. Las edificaciones de nueva construcción de uso público (tanto de titularidad pública como privada) tienen que ser accesibles.

Con respecto a viviendas protegidas, se reservará un porcentaje del 4 % para las personas con movilidad reducida, tanto si es una promoción pública como privada. Un porcentaje tendrá que estar adaptado.

Además, todos los establecimientos de más de 100m2 públicos también deberán ser accesibles.

TRANSPORTES

Tanto los medios de transporte como sus instalaciones y espacios comunes deberán ser accesibles para personas con cualquier discapacidad. Su desplazamiento en transporte público debe estar garantizado.

También tienen que ser accesibles los sistemas de información y atención al público en el transporte.

Otro aspecto en el que incide la ley es el incremento del control sobre las tarjetas de estacionamiento, para garantizar su uso correcto.

ACCESIBILIDAD EN LOS ESPACIOS NATURALES DE USO PÚBLICO

En los espacios naturales, allí donde se desarrollen actividades destinadas al uso público, se deberán prever itinerarios y servicios accesibles, en los casos y de la forma que sea técnicamente posible, de modo que se combine el respeto al medio ambiente con el derecho de todas las personas a disfrutar de la naturaleza, en las condiciones básicas de accesibilidad establecidas reglamentariamente.

SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN

La señalización y la información tienen que ser accesibles para todo el mundo, de modo que tanto en interiores como en exteriores -incluso en los espacios naturales de titularidad pública- cualquier persona pueda recibir la información y comprenderla de forma autónoma.

Se prevé también obligar a los estudios de seguridad y los planes de emergencia a que incluyan procedimientos de aviso y medios de apoyo a las personas con discapacidad.

ACCESO EN LOS PRODUCTOS

El proyecto de ley tiene en cuenta que "hay barreras que no son físicas pero que resultan igualmente importantes e impiden el acceso normal de las personas con determinadas discapacidades a diferentes productos".

A modo de ejemplo, el texto recoge que todos los productos peligrosos, farmacéuticos o alimenticios con fecha de caducidad deberán incorporar un etiquetado o sistema alternativo que permita que puedan acceder a los mismos las personas con discapacidad visual.

También debe existir un etiquetado fácil para las personas con discapacidad cognitiva.

ATENCIÓN AL PÚBLICO EN LA ADMINISTRACIÓN

Las personas que presten atención al público en cualquier administración deberán contar con formación para poder atender a una persona con discapacidad.

También se establece la obligación de que haya personal intérprete del lenguaje de signos. Este punto ha sido incorporado a petición de la Federación de Personas Sordas de Baleares.

De la misma manera, en la prestación de servicios públicos se debe garantizar el acceso a la información con la utilización de sistemas y medios que combinen la comunicación auditiva, táctil y visual.

COMUNICACIONES

La información que proporcione la Administración deberá ser accesible a través de Internet y también que se prevén condiciones de accesibilidad en las actividades de ocio, deporte, lúdicas y culturales que se lleven a cabo.

Por otra parte, los medios de comunicación audiovisuales tendrán que ir incorporando sistemas de audiodescripción, subtitulación y lenguaje de signos para hacer accesible la programación, según establece la Ley 5/2013, de 1 de octubre, Audiovisual de Baleares.

RÉGIMEN SANCIONADOR

El proyecto de ley contempla un régimen sancionador, con penalizaciones económicas que van desde los 300 euros (infracciones leves) hasta los 300.000 euros (infracciones muy graves).

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