LaCámara de comercio rusa en España, ha publicado el listado completo de productos que caen bajo el embargo ruso:
CARNE:Grupos TARIC0201 y 0202(carne de res, fresca o refrigerada y congelada),0203(carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada),0207(carne y subproductos de aves domésticas, frescos, refrigerados y congelados, en especial, carne de pollo, pavo, pato, ganso y gallina de Guinea;0210carne salada, en marinada, seca y ahumada, incluidos el jamón y la paletilla, almillas y cortes de cerdo, cerdo de res en mitades, cuartos y cortes, harina alimenticia de carne o subproductos cárnicos.
Asimismo está prohibida la entrada de carne de primates, ballenas, delfines, vacas y cerdos marinos, lamantines, focas, leones marinos y morsas, reptiles, incluidas serpientes y tortugas.
PESCADO Y MARISCOS:Grupos TARIC0301, 0302, 0303, 0304, 0305, 0306, 0307, 0308: pescado vivo, pescado fresco, refrigerado y congelado, filetes de pescado, otra carne de pescado, incluida la carne picada, pescado seco, salado o marinado, ahumado; harina de pescado y granulados de pescado de alimentación humana; crustáceos con y sin cáscara, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en marinada, ahumados, elaborados o no térmicamente, antes o después del proceso de ahumado, cocidos, harina de crustáceos y granulados de crustáceos de alimentación humana; moluscos, con o sin concha, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en marinada, ahumados, elaborados o no térmicamente, antes o después del proceso de ahumado, cocidos, harina de moluscos y granulados de moluscos de alimentación humana; invertebrados de agua vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en marinada, ahumados, elaborados o no térmicamente, antes o después del proceso de ahumado, cocidos, harina de invertebrados de agua y granulados de invertebrados de agua de alimentación humana
LÁCTEOS:Grupos TARIC0401, 0402, 0403, 0404, 0405, 0406que incluyen leche y nata, suero, leche cortada, yogur, kefir, leche fermentada o agria, con o sin azúcar o edulcorantes, con o sin ingredientes aromáticos, con o sin fruta, frutos secos o cacao; productos de leche natural, productos de componentes naturales lácteos, mantequilla derivada de leche, pastas lácteas, quesos duros y quesos frescos.
VERDURAS Y LEGUMBRES:Códigos TARIC0701, 0702, 0703, 0704, 0705, 0706, 0707, 0708, 0709, 0710, 0711, 0712, 0713, 0714que incluyen patata, tomate, cebolla, chalote, ajo, puerro y otras verduras cebolludas; col blanca, coliflor, colinabo, otras verduras de género Brassica: lechuga, achicoria; zanahoria, nabo, remolacha, tragopogón, apio, rábano, otros tubérculos comestibles, pepinos; legumbres; manihot, maranta, tupinambo, batata, pulpa de palmera sagú.
FRUTAS: Códigos TARIC0801, 0802, 0803, 0804, 0805, 0806, 0807, 0808, 0809, 0810, 0811, 0813que incluyen coco, anacardo, nueces y otros frutos secos con o sin cáscara, plátano y banana, dátiles, higos, piña, aguacate, guayaba, mango y mangostán, cítricos, uva, melón y sandía, papaya, manzana, pera, membrillo, albaricoque, guinda y cereza, melocotón, nectarina, ciruela, endrina; frutas y frutos secos, elaborados o no, con aditivos azucarados o aromáticos o sin ellos, conservados o sin conservar, frutas secas, mezclas de frutos secos.
ELABORADOS CÁRNICOS Y LÁCTEOS: Grupos y códigos arancelarios1601 00, 1901 90 110 0, 1901 90 910 0, 2106 90 920 0, 2106 90 980 4, 2106 90 980 5, 2106 90 980 9- salchicas, salchichones, elaborados de carne, subproductos cárnicos, incluidos de la sangre e hígado, embutidos secos o en pasta, productos elaborados lácteos, quesos duros y frescos derivados de grasas vegetales y lácteos con grasas vegetales.
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