Siete cosas que debemos saber cuando pagamos o ingresamos dinero en efectivo

Siete cosas que debemos saber cuando pagamos o ingresamos dinero en efectivo
Siete cosas que debemos saber cuando pagamos o ingresamos dinero en efectivo
E. M.

Los pagos en efectivo no tienen misterio cuando solo se manejan cantidades pequeñas, pero a medida que se añaden ceros, empiezan a operar normas y limitaciones que conviene conocer. Por esta razón, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recogido en web siete consejos que debemos tener en cuenta cuando paguemos o hagamos operaciones con grandes cantidades de dinero en efectivo.

1. Los comercios, salvo que lo avisen de forma visible, no tienen derecho a rechazar billetes de importe alto (200 o 500 euros), aunque en la práctica es muy común.

2. En las compras de bienes o servicios, no podemos pagar en efectivo más de 2.500 euros por operación y no sirve de nada dividir una factura de monto superior en varios pagos por mucho que cada uno sea inferior al límite. Solo se admite si la transacción se realiza en el banco, con su supervisión. Lo mejor, hacer una transferencia.

3. El banco está autorizado a pedir que nos identifiquemos si queremos ingresar más de 3.000 euros o cobrarlos en efectivo a través de un cheque; también cuando tenga la impresión de que puede haber algo raro en nuestras intenciones (blanqueo, fraccionamiento de pagos para eludir la identificación…).

4. Si queremos entrar o salir de España con más de 10.000 euros encima, tendremos que declararlo a través del modelo S-1. El trámite se hace en las aduanas o en el banco cuando el dinero se retira de allí en todo o en parte. Si no hacemos el trámite y nos pillan nos pueden multar con un mínimo de 600 euros y un máximo igual a la mitad de la cantidad no declarada.

5. Si queremos circular por España con más de 100.000 euros en efectivo, también tenemos que declararlo en el modelo S-1. La multa podría ser como la anterior.

6. Si sacamos del banco una cantidad de dinero importante, debemos guardar siempre el resguardo de la operación. Puede que más adelante lo queramos ingresar de nuevo y Hacienda lo interprete como una ganancia no justificada. Demostrar que es nuestro nos librará de un impuesto de hasta el 48%.

7. Si ingresamos dinero en efectivo en una cuenta de la que no somos titulares, el banco no debería cobrarnos comisión. Pero en la práctica cada vez son más los que lo hacen porque sí se permite el cobro por cualquier "adorno” que pongamos a la operación: indicar el nombre del ordenante, indicar el concepto… Puede ocurrir que vayamos a ingresar 20 euros para reservar una plaza en un curso y nos cobren 10 de comisión.

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