Es ilegal e inhumano, la UE se traiciona a sí misma con los refugiados

  • El polémico pacto incumple al menos cinco convenciones o tratados sobre derechos humanos, incluida la Convención sobre los derechos del niño.

    El preacuerdo cuestiona el derecho de asilo y vulnera la legislación humanitaria europea e internacional, que impide las expulsiones colectivas.

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Controvertido, ilegal, inmoral y una traición a los valores europeos. El pacto para frenar el incesante flujo de inmigrantes y refugiados hacia Europa, que aún tiene que ser ratificado por Bruselas, despierta las críticas de la ONU, las organizaciones de derechos humanos y una inmensa parte de la sociedad europea.

Desde que salió a la luz el preacuerdo, hay un capítulo que indigna especialmente: la devoluciones masivas a Turquía de los extranjeros, una medidas que están suavizando los líderes europeos ante las críticas recibidas.

El preacuerdo cuestiona el derecho de asilo y vulnera la legislación humanitaria europea e internacional, que impide las expulsiones colectivas y las deportaciones a países “no seguros”, como es el caso de Turquí, un país con graves disturbios en el norte con la minoría krda.

En concreto, el polémico pacto incumple al menos cinco convenciones o tratados sobre derechos humanos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos hasta la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, pasando por la Convención de Ginebra sobre los Refugiados (1951) o la propia Convención Europea de Derechos Humanos, en vigor desde 1953.

El derecho de asilo, que quedaría restringido si se aprueba sin más el plan con Turquía, está explícitamente garantizado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo artículo 14 señala: “En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en otros países”.

El derecho de asilo también está recogido en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, proclamada en el 2000. En su artículo 18, recoge que “se garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea”. El artículo 19 dice que “Se prohíben las expulsiones colectivas”, señala, y prosigue: “Nadie podrá ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes”.

Por otro lado, en la Convención Europea de Derechos Humanos también se declaran “quedan prohibidas las expulsiones colectivas de extranjeros”.

La expulsión de los refugiados tampoco respeta la Convención de Ginebra, que en su artículo 33 establece: “Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas".

El hecho de que Turquía haya suscrito esta convención pero solo conceda el estatus de refugiado a ciudadanos europeos también suscita dudas respecto a si es o no un país seguro, capaz de ofrecer protección a los refugiados de otras nacionalidades.

Por último, el preacuerdo infringe también la Convención sobre los Derechos del Niño, el tratado de 1989 para defender la infancia, uno de los colectivos más vulnerables en la actual crisis migratoria ya que las imágenes que vemos muestran familias. En su artículo 22 asegura que "se proporcionará protección especial a los niños considerados refugiados o que soliciten el estatuto de refugiado, y es obligación del Estado cooperar con los organismos competentes para garantizar dicha protección y asistencia".

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