Condenado exrepresentante El Canto del Loco por quedarse dinero actuaciones

  • El que fuera representante de El Canto de El Loco, Carlos Pancracio V. M., conocido por el sobrenombre de "Tibu", ha sido condenado a dos años de cárcel por apropiación indebida y a devolver a los miembros de la banda 222.203 euros en una sentencia del Tribunal Supremo divulgada hoy.

Madrid, 27 jun.- El que fuera representante de El Canto de El Loco, Carlos Pancracio V. M., conocido por el sobrenombre de "Tibu", ha sido condenado a dos años de cárcel por apropiación indebida y a devolver a los miembros de la banda 222.203 euros en una sentencia del Tribunal Supremo divulgada hoy.

El alto tribunal, que impone además una multa al condenado de 21.000 euros, ha confirmado la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró probado que Carlos Pancracio V.M. constituyó una sociedad con los integrantes del citado grupo, liderado por Dani Martín, como representante de los mismos.

Carlos Pancracio no entregó a los otros miembros de la sociedad durante 2008 un total de 222.000 euros, cantidad que ahora debe devolverles y que les correspondía como rendimientos de sus conciertos.

La sentencia considera probado que la sociedad se constituyó en enero de 2008 con el objetivo de ejercer la representación artística de grupos musicales y que aunque todos eran administradores de la misma, puesto que Carlos Pancracio era conocido en el mundo artístico musical, se hizo cargo de la gestión.

El Supremo refleja en su dictamen los contratos y sus liquidaciones, de las que "resultan unos rendimientos de 100.700? y 121.403? que Carlos Pancracio nunca entregó" a sus socios.

"Aquellas cantidades deberían haberse contabilizado dentro de la sociedad "Personas Producciones S.L." como beneficios, y no en la sociedad "Airados S.L." de la que Pancracio era socio y administrador único, dice también.

Esto, dice el Supremo, constituye un delito de apropiación indebida de un dinero que hizo suyo en perjuicio de los demás socios, además de una gestión desleal que perjudicó patrimonialmente a sus socios. Por esta razón el alto tribunal desestima el recurso del condenado y confirma la pena.

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