LAS ADVERTENCIAS SOBRE LOS EFECTOS NOCIVOS DEL TABACO OCUPARÁN EL 65% DE LAS CAJETILLAS

A partir de este viernes las advertencias sobre los efectos nocivos del tabaco se duplicarán en las cajetillas de cigarrillos por ambas caras y laterales, hasta cubrir el 65% de las mismas, y en los envases de tabaco para liar irán en el interior, para adaptarse progresivamente a la normativa europea.
“El sector del tabaco español ha hecho un gran esfuerzo para llegar a tiempo y cumplir con las directrices de la nueva Directiva de Productos del Tabaco, que aún no ha sido traspuesta al ordenamiento jurídico nacional”, explicó Juan Páramo, portavoz de la Mesa del Tabaco, quien aclaró que durante el plazo de transición de un año establecido en la norma podrán convivir los dos tipos de envases, los actuales y los nuevos acordes a la directiva europea.
En el caso del envasado y etiquetado de cigarrillos y tabaco para liar, las nuevas advertencias sanitarias combinadas (texto e imagen) cubrirán el 65% de ambas caras del envase con imágenes, así como el 50% de las caras laterales de las cajetillas de cigarrillos o interior del envase de tabaco para liar, según el formato.
También desaparecen los aromas característicos, como vainilla o chocolate, en los cigarrillos y tabaco para liar, aunque como excepción los cigarrillos y el tabaco para liar mentolados podrán seguir vendiéndose hasta el 20 de mayo de 2020.
Quien no ha hecho bien los deberes es el Gobierno español, que al estar en funciones sólo puede tramitar en parte la directiva, ya que no puede aprobar leyes y hay algunos aspectos de la directiva que precisan de un cambio legal que requiere ser aprobado por un Parlamento inexistente en estos momentos en España.
Aunque la directiva no está traspuesta al ordenamiento jurídico nacional, los artículos referentes a las advertencias sobre el tabaco son de aplicación automática por jurisprudencia europea.
El 20 de mayo de 2017 ya no podrá haber cajetillas con el actual diseño; en 2019 será de obligado cumplimiento la introducción de unos códigos de trazabilidad en cajetillas de cigarrillos y picadura de liar, y para puritos y picadura de pipa será el 20 de mayo del 2024. En cuanto a la prohibición de los productos mentolados, entraría en vigor partir del 20 de mayo de 2020.

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