Antecedentes por delitos a menores

Condena de dos años a un exconcejal del PP por abusar sexualmente de un preso

El fallo de la Audiencia Provincial de Madrid castiga a Rodrigo de Santos por abuso sexual, pero le absuelve de haber cometido agresión y delitos contra la libertad sexual a un reo ligado a la ONG Padre Garralda.

Juicio Rodrigo de Santos exconcejal PP Palma
Condena de dos años a un exconcejal del PP por abusar sexualmente de un preso.
EUROPA PRESS.

Un fallo emitido por la Audiencia Provincial de Madrid ha sentenciado al exconcejal del PP en Palma Javier Rodrigo de Santos a una condena de dos años de prisión por abusar sexualmente de un preso perteneciente a la ONG Padre Garralda en el año 2017, aunque en la misma ha sido absuelto de los delitos contra la libertad sexual y agresión sexual que también se le imputaban.

En este sentido, las magistradas de la Audiencia consideran probado el abuso a un preso, aunque la sentencia también se detalla que no existe el mismo acuerdo sobre que Rodrigo de Santos obligara a otro preso a mantener relaciones sexuales no consentidas con él, ni que llegara a amenazarle con retirar su aval de la fundación ante Instituciones Penitenciarias.

Rodrigo de Santos fue concejal de Urbanismo en la ciudad de Palma entre los años 2003 y 2007, y fue a juicio el pasado mes de septiembre por presuntas agresiones sexuales bajo coacción a dos presos que disfrutaban de permisos penitenciarios en pisos de la Fundación Padre Garralda, de la cual él mismo era coordinador. La Fiscalía pidió para él 20 años de cárcel suponiendo que sometió a agresiones sexuales repetidas a ambos presos, y con los antecedentes de haber sido condenado en 2010 a cinco años de prisión por un delito de abuso sexual con acceso carnal a menor.

El exconcejal popular defendió su inocencia 

Durante el juicio aseguró que "jamás" tuvo relaciones sexuales con ninguno de los presos y resaltó que el juicio se producía por "prejuicios" y por los antecedentes políticos y personales con los que contaba. No obstante, en la sentencia se considera probado que el acusado llevó a su domicilio el día 8 de noviembre de 2016 al preso M.Y.M, y una vez sentados le cogió la mano, la llevó a su pene al mismo tiempo que tocaba con su mano el pene de él y le daba besos en la cara y en el cuello.

Lo que no se acredita en el fallo es que el procesado se metiera en la cama del preso ni que le realizara otros actos sexuales, tras destacar que la versión de la víctima les resulta creíble y además está apoyada por más pruebas. Por todo lo expuesto, las magistradas condenan a Rodrigo de Santos por un delito de abuso sexual del artículo 181.1 del Código Penal, al haber tocamientos sin violencia ni intimidación pero sin consentimiento, con la agravante de reincidencia debido a su condena anterior por abuso sexual con acceso carnal a menor. La sentencia prohíbe al exconcejal acercase a esta víctima a menos de 500 metros, comunicarse con ella durante cinco años, y le obliga a abonarle 3.000 euros en concepto de daño moral.

Absuelto de agresión sexual

Por el contrario la Sala decide absolver a Rodrigo de Santos de los hechos denunciados por L. J. M. S., ya que no considera acreditado que en varias ocasiones, y aprovechando su condición de coordinador del programa denominado Javier, obligara a este joven a mantener relaciones sexuales no consentidas, amenazándole con retirarle el aval o con devolverle a su país de origen. La audiencia resalta que testimonio del denunciante es "la única prueba directa" a disposición y, aunque lo consideran veraz "no es bastante para enervar la presunción de inocencia del acusado", aplicando en este caso el principio "in dubio pro reo".

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, algo que hará el procesado, según ha avanzado el letrado David Salva Coll, que ejerció la defensa de Rodrigo de Santos junto al exfiscal Pedro Horrach. Para la defensa del condenado se trata de una buena sentencia, pues absuelve a De Santos de todas las presuntas agresiones sexuales, aunque igualmente la recurrirán incluso ante el Supremo si fuera necesario.

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