Condenan a 15 años y seis meses de cárcel a la cabecilla del 'caso Nancy'

    • Eva María Vega García ha sido condenada por prostitución de menores y por tráfico de drogas.
    • El 25 de septiembre de 2011, Nora apareció muerta por sobredosis en la puerta de su casa. El hallazgo de su cuerpo destapó el calvario que la joven sufría desde hacía seis meses.
Nora Ayala, la joven que falleció víctima de una red de explotación sexual
Nora Ayala, la joven que falleció víctima de una red de explotación sexual

Este martes se ha conocido la sentencia del 'caso Nancy'. La principal cabecilla de la trama, Eva María Vega García, ha sido condenada a 15 años y seis meses de cárcel. El número dos de trama, Edizon Corneilo Flores, ha sido sentenciado a 17 años y medio y Raúl Antonio de la Cruz a 8 años y seis meses. Además, los principales acusados deberán dar 50.000 euros a la familia de Nora.

El 25 de septiembre de 2011, Nora apareció muerta por sobredosis en la puerta de su casa. El hallazgo de su cuerpo destapó el calvario que la joven sufría desde hacía seis meses. Nora fue obligada a prostituirse para conseguir drogas, mundo en el que fue introducida por una toxicómana que se ganó su confianza.Lo que dice la sentencia

Queda probado y así se declara que al menos desde la primavera del año 2011 y hasta el 8 de mayo de 2012, varios acusados, sin que conste acreditado más concierto previo que el accidental y de modo puntual, en la forma y modo que posteriormente se dirá, se vinieron dedicando a la venta y distribución de sustancias estupefacientes, señaladamente cocaína y cannabis sativa tipo hierba, entre terceras personas consumidores de las indicadas sustancias, en muchas ocasiones menores de edad en la zona próxima a la intersección de la calle Pascual Ribot y la Avenida de San Fernando de esta ciudad. Al propio tiempo varios de ellos, como se especificará, convencieron a varias chicas menores de edad para mantener relaciones sexuales completas, bien a cambio de dinero, bien a cambio de cocaína o de otras sustancias estupefacientes.

En la mayoría de los casos, la acusada Eva María Vera García, mayor de edad en cuanto nacida el día 4 de octubre de 1976, y sin antecedentes penales, era la organizadora de los encuentros sexuales, de tal manera que frecuentaba el llamado parque del Otta, donde fue estableciendo relación de amistad creciente con varias chicas menores de edad. Posteriormente, ofrecía sustancias estupefacientes a dichas menores de edad y, finalmente, les proponía aceptar mantener relaciones sexuales con hombres mayores a cambio de cocaína u otras drogas, o bien de dinero para adquirir dichas sustancias estupefacientes, hombres que solicitaban de la acusada Eva María Vera García que les buscase chicas menores para mantener relaciones sexuales por precio.

De este modo, la acusada Eva María Vera García, perpetró los actos anteriormente reseñados con la menor N (Nora) , nacida el día 9 de febrero de 1995, de 16 años de edad en la fecha de los hechos, siendo plenamente consciente dicha acusada de la minoría de edad de N (Nora, que al ser menor sale reflejada en la sentencia con esta inicial). Le suministró cocaína en varias ocasiones o la compartió con ella en otras. Igualmente, convenció a N A para mantener relaciones sexuales, con el acusado Edizon Cornelio Flores Castillo, con quien N mantuvo relaciones sexuales completas, siendo éste plenamente consciente y aprovechándose de la minoría de edad de N y de su adicción a sustancias estupefacientes que le impelía a conseguir dinero para sufragar la misma, con frecuencia superior a la semanal desde la primavera de 2011 hasta septiembre de 2011. Dichas relaciones sexuales eran siempre completas, con penetración vaginal y/o oral y a cambio bien de dinero bien de una o dos micras de cocaína de peso concreto y pureza no acreditado. Una micra de cocaína contiene la sustancia estupefaciente necesaria para preparar una dosis esnifada o "raya". La acusada Eva María Vera García obtenía de Edizon Cornelio un porcentaje del precio variable o bien una o dos micras de cocaína en cada ocasión en que mantenían relaciones sexuales con N A.

En el final de la primavera y principio de verano de 2011, N (Nora)tras compartir cocaína con su amiga P, nacida el 6 de julio de 1995, de 15 años de edad en la fecha de los hechos, y confiar a ésta su actividad sexual a cambio de dinero o droga, le manifestó que uno de sus clientes habituales, el acusado Edizon Cornelio Flores Castillo, quien la había visto junto a N en alguna ocasión, deseaba mantener relaciones sexuales con ella a cambio de dinero y/o droga. De este modo, N presentó a P al acusado Edizon Cornelio Flores Castillo, siendo éste plenamente consciente y aprovechándose de la minoría de edad de P y de su adicción a sustancias estupefacientes que le impelía a conseguir dinero para sufragar la misma, con quien P mantuvo relaciones sexuales completas en cuatro ocasiones, al menos hasta septiembre de 2011. Dichas relaciones sexuales eran siempre completas, con penetración vaginal y/o oral y a cambio bien de dinero (la primera vez, 70 euros para ella y 2 micras de cocaína para N bien de cocaína de peso concreto y pureza no acreditados. Dichas relaciones sexuales se producían en el coche del acusado Edizon Cornelio Flores Castillo en las inmediaciones del establecimiento McDonald´s de Son Rapinya, al menos una de ellas, donde N aguardaba a su amiga. Una micra de cocaína contiene la sustancia estupefaciente necesaria para preparar una dosis esnifada o "raya".

Eva María Vera García, al menos en una ocasión, esnifó cocaína delante de N y de P a las que les decía que no pasaba nada y que todo el mundo lo hacía, sin que conste acreditado cumplidamente que se hallara presente la hija menor de edad de Eva María Vera García. En el período mencionado, Eva María Vera García también suministró sustancias estupefacientes a terceras personas cuya naturaleza, cantidad y cualidad no han quedado determinadas.

Edizon Cornelio Flores, al menos en una ocasión sin que haya quedado determinado el día y la hora pero, en todo caso, entre la primavera y septiembre de 2011, dio una bofetada a N y, en otra ocasión, tampoco determinada pero, en todo caso, entre principios del verano y septiembre de 2011, dio a P un puñetazo en la pierna con un anillo, al no ceder éstas a lo que Edizon quería, bien en cuanto a las relaciones sexuales bien en cuanto al comportamiento de las mismas.

No queda cumplidamente acreditado que Eva María Vera García presentara a N al acusado Raúl Antonio de la Cruz para que mantuvieran relaciones sexuales a cambio de droga, ni que dichas relaciones sexuales se produjeran.

No queda cumplidamente acreditado que Eva María Vera García presentara a N al acusado José Manuel Egea Figueroa para que mantuvieran relaciones sexuales a cambio de precio, ni que dichas relaciones sexuales se produjeran.

No queda cumplidamente acreditado que el acusado Calistus Okay Enenwa, a quien se le conoce como "Otta", mantuviera relaciones sexuales a cambio de precio con N , ni que dichas relaciones sexuales se produjeran.

El acusado Kingsley Ibeh, a quien se le conoce como "Oscar", siendo plenamente consciente y aprovechándose de la minoría de edad de N , mantuvo relaciones sexuales completas con la misma en fechas no determinadas pero entre abril y septiembre de 2011, a cambio de dinero, cocaína y marihuana.

Joel Roque Guzmán conoció a N a finales del verano de 2011, intercambiando sus teléfonos. En una ocasión, quedaron y Joel Roque no se presentó por lo que Eva Mª le llamó para que quedara con N. Al menos, en una ocasión entre finales del verano de 2011 y la fecha del fallecimiento de N , Joel Roque Guzmán y N mantuvieron una relación sexual completa, con penetración vaginal, a cambio de un gramo de cocaína para N, conociendo Joel Roque que N era menor de edad, entregando Joel Roque medio gramo de cocaína a Eva Mª por mediar en la cita entre él y N.

El día 25 de septiembre de 2011, sobre las 23:00 horas, se produjo el fallecimiento de la menor N A en el portal del edificio del domicilio de sus padres, Francisco José A Márquez y María Teresa P García, debido a una reacción adversa al consumo de tóxicos, que le provocó una trombosis pulmonar generalizada y una subsiguiente broncoaspiracion de contenido gástrico como consecuencia de insuficiencia pulmonar aguda, siendo su cadáver encontrado por sus propios padres, cuando, preocupados porque N no regresaba al domicilio a la hora acordada, salieron a la calle a buscarla. En la tarde del día de su fallecimiento, N había consumido cocaína con los acusados Eva María Vera García y Edizon Cornelio Flores Castillo, sin que haya podido acreditarse quién de ellos, o tercera persona, le suministró la sustancia estupefaciente que le produjo la reacción adversa.

Tras el fallecimiento de N A, la acusada Eva María Vera García, a principios del año 2012, convenció a la menor F, nacida el día 24 de noviembre de 1995, de 16 años de edad en la fecha de los hechos, siendo dicha acusada plenamente conocedora de la minoría de edad de ésta, para mantener relaciones sexuales, con el acusado Raúl Antonio de la Cruz, con quien F mantuvo relaciones sexuales completas, siendo éste plenamente consciente y aprovechándose de la minoría de edad de la misma, en unas 10 ocasiones hasta finales de abril de 2012. Dichas relaciones sexuales eran siempre completas, con penetración vaginal y/o oral y a cambio de 100 euros, de los que 50 de ellos F entregaba posteriormente a la acusada Eva María Vera García, por su labor de mediación. Las relaciones sexuales fueron en todos los casos sin utilizar preservativo y fueron mantenidas en un hotel en las inmediaciones de la calle Son Armadams, en una vivienda en la zona de Pedro Garau y en un apartamento en Santa Ponça.

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