Consejo de Estado propone régimen que regula "consentimiento" e "información"

  • Madrid.- El Consejo de Estado ha propuesto en su informe sobre el anteproyecto de ley de reforma del aborto un régimen para regular, en el caso de las menores de edad, cuándo se tiene que producir el consentimiento paterno y cuándo deben ser informados los padres.

El Consejo de Estado dice que España se ha convertido en paraíso del turismo abortista
El Consejo de Estado dice que España se ha convertido en paraíso del turismo abortista

Madrid.- El Consejo de Estado ha propuesto en su informe sobre el anteproyecto de ley de reforma del aborto un régimen para regular, en el caso de las menores de edad, cuándo se tiene que producir el consentimiento paterno y cuándo deben ser informados los padres.

Este organismo reconoce el derecho de las mujeres menores de edad (entre 16 y 18 años) a tomar libremente la decisión de abortar, pero también el de los padres a ser informados de esa decisión, y en el caso de las menores de 16 años, también a ser oídos por el médico.

Sin embargo, en el caso de que las menores (entre 16 y 18 años) expongan "fundadas razones" que hagan suponer que el hecho de informar a sus padres pudiera desencadenar un grave conflicto entre su decisión y la que pudieran aconsejar sus padres, el Consejo plantea que sería suficiente la declaración de la joven.

En el caso de que ese conflicto se produzca en menores de entre 12 y 16 años, el Consejo de estado recomienda la intervención judicial.

El régimen propuesto por el Consejo de estado es el siguiente:

- Una menor de doce años: el consentimiento correspondería a su representante legal.

- Una menor con al menos doce años: el consentimiento correspondería a su representante legal, que debe escuchar la opinión de la menor.

- Un menor con 16 años cumplidos: la decisión corresponde exclusivamente a la mujer, pero los padres tienen derecho también a a ser informados.

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