CorteIDH juzga a Perú por detención ilegal y arbitraria de un abogado en 1994

  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) realizó hoy una audiencia pública por la supuesta detención ilegal y arbitraria del Estado de Perú en 1994 en perjuicio del vocal provisional de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Luis Galindo Cárdenas.

San José, 29 ene.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) realizó hoy una audiencia pública por la supuesta detención ilegal y arbitraria del Estado de Perú en 1994 en perjuicio del vocal provisional de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Luis Galindo Cárdenas.

Según la demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte, el 14 de octubre de 1994, Galindo se presentó a las oficinas de la jefatura contra el terrorismo con el fin de aclarar su situación, pues estaba siendo involucrado como si fuera parte un grupo terrorista.

La Comisión encontró que el supuesto afectado no fue informado de las razones de su detención ni de los cargos que se le imputaban y tampoco contó con las posibilidades de ejercer adecuadamente su defensa.

La supuesta víctima, Galindo, brindó hoy una declaración ante los jueves de la CorteIDH, en la que negó pertenecer al grupo terrorista, y pese a eso fue privado de su libertad y sometido a tortura psicológica por 31 días.

"Durante los días que se me mantuvo recluido, sucedieron una cadena de hechos y actos arbitrarios, presiones de toda naturaleza, con el deliberado propósito de que yo aceptara una responsabilidad vinculado al terrorismo", expresó en su testimonio Galindo.

La supuesta víctima añadió que fue inicialmente incomunicado, posteriormente se le impusieron serias limitaciones en la comunicación y su detención no fue sometida a ningún tipo de control judicial.

Galindo explicó que él habría defendido penalmente a dos imputados del grupo terrorista llamado "Sendero Luminoso", ya que no tenía ningún tipo de restricción legal que se lo impidiera, sin embargo, refutó haber formado parte de esa agrupación.

"Influyeron para dar una dirección al resultado de la investigación con una resolución de excepción de la pena, dándome la condición de un vulgar terrorista (...) Bajo amenaza me obligaron a que me acogiera a la Ley del Arrepentimiento (admitir supuestos actos de colaboración con el terrorismo)", indicó Galindo.

Para la CIDH, el Estado peruano incurrió en responsabilidad bajo el principio de legalidad y debido a que los actos se relacionan con el desempeño profesional de Galindo se estaría incurriendo en una "criminalización del ejercicio de la abogacía".

La demanda también incluye que todas las violaciones se encuentran en impunidad ya que el Estado de Perú no inició una investigación sobre los hechos ni sancionó a los responsables.

Los jueces de la CorteIDH escucharon hoy a la supuesta víctima, una testigo y un perito. Posteriormente serán los alegatos finales de las partes.

De momento el Estado de Perú no se ha referido al caso y no lo hará hasta los alegatos finales.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, es un ente de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países miembros del organismo hemisférico.

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