Dos años de cárcel para el autor de un doble atropello mortal en Albacete

  • Un juez ha condenado al hombre que en 2005 atropelló a siete personas en la pedanía de Las Minas, en Hellín (Albacete), y mató a dos de ellas, a dos años de cárcel por dos delitos de homicidio imprudente y cinco delitos de lesiones imprudentes.

Albacete, 12 abr.- Un juez ha condenado al hombre que en 2005 atropelló a siete personas en la pedanía de Las Minas, en Hellín (Albacete), y mató a dos de ellas, a dos años de cárcel por dos delitos de homicidio imprudente y cinco delitos de lesiones imprudentes.

Los hechos ocurrieron el 30 de julio de 2005, cuando la pedanía celebraba sus fiestas en una calle cerrada al tráfico donde el acusado, T.G.G., entró con su vehículo y causó el accidente en el que perdieron la vida un adulto y un niño de ocho años.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Albacete ha condenado a dos años de prisión al procesado, la mitad de la pena que solicitaba el fiscal.

El juez ha tenido en cuenta una circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, por los "casi ochos años" que han pasado desde el atropello hasta la celebración del juicio, tiempo considerado "excesivo" en un proceso donde los hechos no tienen tal "complejidad procesal".

El juez considera probado que la mañana del 30 de julio de 2005 el procesado entró con su vehículo a la calle Mayor de Las Minas, "sin respetar la señal de entrada prohibida", y circuló "a una velocidad inadecuada" a pesar de que había gente en la calle, incluidos algunos niños, y que los había visto antes.

T.G.G. condujo y atropelló primero a un hombre de 66 años que "falleció en el acto", a causa de un traumatismo torácico causado por el golpe.

También atropelló a un niño de 8 años al que causó un traumatismo craneoencefálico que le causaría la muerte tres días después.

En su paso por la calle Mayor arrolló además a otros dos menores, de 7 y 10 años, y a dos mujeres de 66 y 67 años, a las que causó diferentes lesiones.

Tras esos atropellos, embistió una valla al final de la calle, frenó, se detuvo, y reanudó la marcha, saliendo por un camino que siguió más de tres kilómetros para después chocar contra un árbol.

El tribunal considera que no hay pruebas que permitan dilucidar que T.G.G. sufrió cualquier tipo de alteración psíquica, si bien estaba en tratamiento por diabetes, y rechaza eximirle de responsabilidad, como pedía su defensa.

El abogado y la representación legal de las víctimas llegaron a un acuerdo previo al juicio respecto al pago de distintas indemnizaciones a lesionados y familiares de los fallecidos.

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