El hombre asesinado a martillazos por su mujer en Sevilla no es considerado víctima de violencia de género

    • Una mujer mató a martillazos a su marido en un barrio céntrico de Sevilla y luego se ahorcó.
    • Una de las hijas del matrimonio se encontró los cadáveres en el domicilio y llamó a la policía.
Más de 45.000 órdenes de protección concedidas en Andalucía por juzgados de violencia sobre la mujer en la última década
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Una mujer de de 63 años asesinó este martes a su marido en Sevilla asestándole un fuerte golpe en la cabeza con un martillo. Después mató al perro de la familia y por último se ahorcó, según han adelantado las primeras investigaciones policiales.

Fue una de las hijas del matrimonio la que encontró a los cadáveres en el domicilio a las ocho y media de la tarde de este martes 24. La policía cree que los crímenes se produjeron en el mismo día. Las bajas temperaturas registradas en Sevilla han ralentizado el proceso de descomposición.

El crimen se produjo en la calle Eustaquio Barrón, número 5, en un barrio céntrico de la capital hispalense. Según apunta el Diario de Sevilla, la policía baraja que la mujer pudo haber asesinado al marido, de 71 años, cuando estaba sentado en el sofá. Los servicios funerarios retiraron los cuerpos a las diez y media de la noche.

Según los primeros testimonios recabados por la policía, los vecinos aseguran que la mujer padecía una enfermedad nerviosa desde hacía años. El marido, que había trabajado en el Hospital Militar, buscaba chatarra y la acumulaba en casa. Se sospecha que esta situación pudo agravar la dolencia de la mujer.

Aunque no había constancia de ningún antecedente denuncia de ninguno de los dos, algunos vecinos han informado a la prensa sevillana que se habían producido maltratos psicológicos.No es violencia de género

De acuerdo a la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, este hombre asesinado por su esposa no debe considerarse una víctima de este tipo de violencia.

Como explica el texto legislativo, la violencia de género es sólo "aquella que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión".

La violencia doméstica es aquella se sucede en el núcleo familiar, por lo que se extiende a todas las personas que conviven en un domicilio. Se extiende también a las personas que están bajo custodia por su especial vulnerabilidad.

Víctimas de la violencia doméstica pueden ser el cónyuge o ex cónyuge (hombre o mujer), parejas o ex parejas, descendientes, hermanos, tutelados, etc.

En el momento en que se redactó la ley, la Real Academia de la Lengua recomendó hablar de 'violencia de doméstica' y no de 'violencia de género'. La RAE argumentaba que la palabra "género" era en este caso una traducción de la expresión inglesa "gender-based violence", popularizada a raíz de la conferencia sobre la Mujer celebrada en Pekín en 1995. Pero en español, la palabra "género" tiene otros significados (como sinónimo de 'clase' o 'tipo') que podían llevar a la confusión. La Academia recordó en aquel momento que en español no se identificaba la palabra 'género' como sinónimo de 'sexo', como lo mostraba en aquel momento las búsquedas realizadas en internet.

La Academia propuso titular el texto legislativo como "Ley integral contra la violencia doméstica o por razón de sexo", propuesta que finalmente fue rechazada.

Sigue @martinalgarra

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