Una empresa de mudanzas, obligada a indemnizar a una clienta por causar daños a sus enseres

  • La Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid ha obligado a la empresa de Mudanzas Estebaranz a indemnizar a una clienta socia de FACUA Madrid por haberle perdido y roto algunos de enseres durante el traslado de los muebles desde la antigua vivienda al guardamuebles.
EUROPA PRESS

Según un comunicado de FACUA Madrid, Carmen C.T. contrató con dicha empresa de mudanzas un servicio para la recogida y custodia de los muebles y posterior entrega en su nuevo domicilio.

A la hora de realizar el contrato, Mudanzas Estebaranz le informó de que los enseres irían "herméticamente cerrados" y precintados. Sin embargo, al llegar el día de la mudanza, se encontró con un contenedor abierto y con varios objetos rotos o extraviados.

FACUA Madrid presentó una reclamación ante la empresa recordándole su deber de "protección de los legítimos intereses económicos y sociales" de los usuarios, según se recoge en artículo 8 del Real Decreto 1/2017 por el que se rige la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

También recordaba que el artículo 21 del citado cuerpo señalaba que "el régimen de comprobación, reclamación, garantía y posibilidad de renuncia o devolución que se establezca en los contratos que deberá permitir que el usuario (...) pueda reclamar con eficacia en caso de error, defecto o deterioro".

La empresa no respondió a esta reclamación, por lo que la asociación decidió elevar su denuncia ante la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, solicitando que este organismo mediase entre ambas partes y resolviese a favor de los intereses de la asociada.

Finalmente, el Colegio Arbitral de Consumo determinó que por cuanto el Principio de Responsabilidad Civil, así como la normativa del sector, en concreto la Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, "implica la obligación de resarcir o reparar los daños causados cuando medie culpa o negligencia", la empresa debía abonar la cantidad de 400 euros a Carmen por los daños causados en sus enseres y el extravío de algunos de estos.

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