La cnse lamenta que cantabria mantenga su negativa a proporcionar un intérprete a un alumno sordo


La Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) y la Federación de Personas Sordas de Cantabria (Fescan) lamentaron este jueves que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno cántabro mantenga su decisión de denegar el servicio de interpretación en lengua de signos española a Ignacio Portilla, alumno sordo que cursa un ciclo formativo de grado medio.
Portilla está matriculado en un ciclo de Sistemas Microinformáticos y Redes y solicita el apoyo de un intérprete para poder responder al nivel exigido en el ciclo, que para el alumnado sordo presenta la dificultad añadida de tener que desenvolverse con un amplio rango de términos en inglés.
Según recuerdan las dos entidades de personas sordas, la consejería desaconseja la utilización de la lengua de signos en este caso porque supondría una "regresión a la evolución" del alumno.
La CNSE subraya que, tal y como se recoge en el artículo 2 de la Ley 27/2007, cualquier persona sorda mayor de edad tiene el derecho de utilizar la lengua de signos en cualquier ámbito de su vida.
En el caso concreto de este alumno sordo, prosigue, la consejería no puede obviar sus derechos e imponerle un método de enseñanza basado única y exclusivamente en el lenguaje verbal y la lectura labial.
Además, argumenta la confederación, la lengua de signos es un recurso más en el apoyo a la enseñanza para cualquier persona sorda, sea cual sea el tipo de discapacidad auditiva que presente e independientemente del nivel de desarrollo del lenguaje oral o de sus mayores o menores habilidades de lectura labial.
Por otra parte, la entidad asegura que el hecho de que el alumno esté matriculado en enseñanza posobligatoria no deja sin efecto normativas como la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su artículo 24 lo deja claro.
Este artículo estipula que "los Estados partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación, y su acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás".
La convención añade en este sentido que "a tal fin, los Estados Partes deberán asegurar que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad", recuerda la CNSE.
En España, señala la entidad, hay numerosos convenios de intérpretes para institutos y universidades que dan muestra del fomento de la accesibilidad de las personas sordas a la educación posobligatoria, y a los que pueden acogerse los centros que deseen contribuir al efectivo ejercicio del derecho a la educación de este colectivo a lo largo de toda su vida.
La CNSE y Fescan confían en que la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria no prive a este alumno "de un derecho básico", como es el de acceder a la educación en igualdad de condiciones que el resto de sus compañeros de aula.

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