Pagarán 15.000 euros a una paciente a la que se golpeó en un hospital en un pie operado

  • Valencia.- La Conselleria de Sanidad deberá indemnizar con 15.000 euros a una mujer que recibió un golpe en un pie operado cuando era trasladada por una celadora en una silla de ruedas, lo que la obligó a someterse a tres intervenciones más para mitigar las consecuencias patológicas de la lesión.

Pagarán 15.000 euros a una paciente a la que se golpeó en un hospital en un pie operado
Pagarán 15.000 euros a una paciente a la que se golpeó en un hospital en un pie operado

Valencia.- La Conselleria de Sanidad deberá indemnizar con 15.000 euros a una mujer que recibió un golpe en un pie operado cuando era trasladada por una celadora en una silla de ruedas, lo que la obligó a someterse a tres intervenciones más para mitigar las consecuencias patológicas de la lesión.

Así lo propone el Consell Jurídic Consultiu (CJC), que estima en parte la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la paciente, que pedía 104.819 euros.

Los hechos ocurrieron en enero de 2005, cuando una paciente fue ingresada en la unidad de corta estancia de un centro sanitario titularidad de la Generalitat con el diagnóstico de Hallux Valgus (juanete) derecho para la realización de una osteotomía, y tras ser intervenida bajo anestesia general sin incidencias, fue dada de alta.

Sin embargo, tres días después la mujer acudió a Urgencias por presentar dolor, y al ser trasladada por la celadora con la silla de ruedas recibió un golpe contra una cama en el pie operado, lo que le produjo una ampolla.

A partir de ese momento, aparecieron una serie de complicaciones en el miembro intervenido, que presentó necrosis y otras lesiones, que obligaron a otras tres actuaciones quirúrgicas ese año para ir solucionando los problemas.

Las operaciones permitieron resolver tanto el aspecto óseo como los colgajos -el problema dermatológico que igualmente surgió del proceso-, si bien como secuela le quedó a la paciente la imposibilidad de apoyar el primer dedo del pie.

El órgano consultivo de la Generalitat considera que de los informes médicos presentados se infiere que la necrosis no es consecuencia de la intervención, y que ha quedado acreditado que la paciente recibió un golpe en el pie intervenido.

El dictamen señala que la zona necrosada no coincide con la zona de actuación quirúrgica, sino con la del golpe, y concluye que se trata de un supuesto en el que "con claridad se aprecia un funcionamiento anormal del servicio sanitario que, dado el carácter objetivo de la responsabilidad patrimonial de la Administración, provoca la necesidad del resarcimiento".

En cuanto al importe de la indemnización, el órgano consultivo señala que ha de ser valorado teniendo en cuenta la imposibilidad de la paciente de apoyar el primer dedo del pie, así como el sufrimiento, molestias e incapacidad causadas por la necesidad de someterse a tres operaciones -además de la primera- para mitigar las consecuencias de la lesión atribuible al golpe.

El CJC tiene en cuenta también la duración final de la baja por dicho proceso (un año y más de tres meses), y estima que la cantidad por la que procede indemnizar a la reclamante es de 15.000 euros, "de acuerdo con prudente y razonable arbitrio, valoradas las circunstancias del caso".

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