Según una sentencia

Un protésico dental no puede tocar al paciente, según al Tribunal Supremo

El alto tribunal establece que el odontólogo es el único profesional capacitado para el tratamiento de las prótesis.

Condenan a una protésica dental que ejercía de dentista tras el testimonio de dos detectives que fueron a su laboratorio
Condenan a una protésica dental que ejercía de dentista.
EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha establecido que el odontólogo es el único profesional capacitado para el tratamiento de las prótesis en los pacientes y para prescribir los productos sanitarios de esta especialidad y que la competencia del protésico dental se ciñe al cumplimiento de lo indicado en la prescripción.

Así lo indica el alto tribunal en una sentencia en la que desestima un recurso del Consejo General de Protésicos Dentales de España contra la resolución de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, que rechazó su pretensión de modificar el real decreto que regula las profesiones de odontólogo, protésico e higienista dental.

A juicio del Supremo el Consejo General de Protésicos Dentales no ha acreditado que el derecho de la Unión Europea imponga desplazar al protésico la toma de medidas y la comprobación del correcto ajuste de la prótesis que lleva a cabo el odontólogo. De esta forma la sentencia refrenda la idoneidad de la normativa que regula las atribuciones de estos profesionales.

"Desde el mismo momento en que el odontólogo prescribe como profesional capacitado prótesis dentales la medida protectora de la salud queda garantizada y condiciona el ejercicio profesional del protésico dental al debido cumplimiento de lo indicado en la prescripción pero nada más", explica el tribunal.

Y añade que "las atribuciones profesionales de los protésicos dentales en la regulación contenida en el real decreto se ajustan plenamente al ordenamiento jurídico sin que la administración esté obligada a revisarlas".

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