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Los seguros de vida protegen al asegurado y a su familia.
Los seguros de vida protegen al asegurado y a su familia.

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¿Por qué es importante contratar un seguro de vida?

Los seguros de vida garantizan la tranquilidad económica de los seres queridos del tomador ante cualquier incidencia grave.

El objetivo principal de los seguros de vida es aportar tranquilidad económica a los seres queridos del asegurado y a él mismo en caso de que ocurra una incidencia de salud grave, ya que cubre los riesgos de fallecimiento y de incapacidad permanente absoluta.

“Hay que tener en cuenta que, de media, se necesitan unos cinco años para que una familia se recupere económicamente tras la pérdida de uno de sus miembros, y en este tipo de cosas todos debemos pensar en proteger a los nuestros y a uno mismo”, apunta José Manuel Veiga, director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros.

En momentos difíciles, este tipo de producto de protección se puede convertir en una gran ayuda económica e incluso en el sustento principal para muchos hogares. “Un seguro de vida ofrece la tranquilidad de saber que pase lo que pase, una familia va a poder mantener el nivel de vida durante el tiempo necesario para readaptarse a la nueva situación”, explica Veiga. “Este punto es especialmente importante cuando existen deudas o un préstamo hipotecario”, señala.

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¿Qué es un seguro de vida?

Un seguro de vida ofrece protección económica a la familia del asegurado en caso de que se produzca su fallecimiento; o bien al propio asegurado si se le ha declarado una discapacidad permanente absoluta, de forma que se pueda seguir haciendo frente al pago de una hipoteca o de un préstamo, además de garantizar, por ejemplo, el futuro de sus hijos.

¿Qué cubre un seguro de vida?

Existen en el mercado pólizas de vida que ofrecen un amplio abanico de coberturas. Un ejemplo es el caso del seguro de vida Life Care de BanSabadell Vida, que ofrece multitud de servicios, como orientación médica las 24 horas del día; la posibilidad de solicitar una segunda opinión médica internacional siempre que se necesite a través de diagnósticos contrastados; la atención por parte de un equipo de psicólogos; o un asesoramiento personalizado sobre nutrición, alergias y alimentación infantil.

“El seguro de vida Life Care, además del fallecimiento, cubre la incapacidad permanente absoluta, ya sea por accidente o por enfermedad. Tras la experiencia vivida con la pandemia de la COVID-19, se hace indispensable disponer de un respaldo económico ante cualquier imprevisto que pueda surgir”, apunta Veiga.

Existen pólizas con coberturas que permiten solicitar un anticipo del capital si se padecen enfermedades graves como cáncer. Además del fallecimiento, “es igual de importante disponer de la cobertura de incapacidad permanente absoluta”, tal y como subraya el director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros. “Ante esta situación, el asegurado no podrá realizar trabajo remunerado alguno y además puede llevar implícitos ciertos gastos como los médicos o de adaptación de elementos del día a día como la vivienda o el coche”, explica este experto.

Situación fiscal de los seguros de vida

Cobrar un seguro de vida implica el pago de impuestos, aunque el tratamiento fiscal varía según quién sea el beneficiario. Así, si el tomador y el beneficiario son la misma persona, se tributa por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Si se trata de dos personas diferentes, hay que tributar por el impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD).

La cantidad de impuestos a pagar depende de la cuantía que se cobre y de la razón que la motive, ya que difiere si es por causas de incapacidad o por fallecimiento.

En el primer caso, se declara como rendimientos de capital mobiliario. Los primeros 6.000 euros que se cobran cuentan con un tipo del 19%; a partir de esta cantidad y hasta 50.000 euros, tributan por el 21%; y desde 50.001 euros en adelante, se aplica un 23%.

Si se trata de un fallecimiento se tributa por el ISD, y los impuestos a abonar difieren según el grado de parentesco del beneficiario con el fallecido, además de su edad y su grado de discapacidad, en caso de que lo tenga.

Por ejemplo, si el beneficiario tiene una minusvalía de entre el 33% y el 65%, su reducción es menor que en caso de tener un grado de más del 65%, en cuyo caso se aplicará la reducción máxima. Esta reducción máxima es igualmente aplicable a los hijos del fallecido siempre que tengan menos de 21 años.

En cuanto a los seguros de vida para autónomos, estos pueden incluir el pago de las primas en su declaración de la Renta hasta un máximo de 500 euros, siempre que el tomador y el beneficiario sean la misma persona.

Según Veiga, estas bonificaciones son relevantes, pero insuficientes. “Para incentivar la contratación de seguros de vida en España se debería potenciar la deducción fiscal de las primas de los seguros”, apunta este experto. “Además, las prestaciones de fallecimiento y de incapacidad deberían estar más bonificadas a nivel fiscal para el ISD y el IRPF, respectivamente”.

Ante cualquier duda sobre la contratación de un seguro de vida, lo más oportuno es contar con el apoyo de un profesional, que responderá cualquier duda que pueda surgir e informará sobre el producto que mejor responda a las necesidades de cada persona.

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