La Federación apartó a Mullera para no perturbar el ambiente en el equipo

  • El tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que resolvió ayer la reintegración del atleta Ángel Mullera en el equipo olímpico español, considera que su exclusión no obedeció a "razones técnicas", como había explicado la Federación Española cuando decidió apartarlo, sino para no perturbar el ambiente en el equipo.

Londres, 1 ago.- El tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que resolvió ayer la reintegración del atleta Ángel Mullera en el equipo olímpico español, considera que su exclusión no obedeció a "razones técnicas", como había explicado la Federación Española cuando decidió apartarlo, sino para no perturbar el ambiente en el equipo.

La Federación Española, según el fallo, había justificado la sustitución de Mullera en una decisión "basada en puras consideraciones técnicas y que no suponía una sanción".

Pero ante el TAS, la Federación Española especificó que dichas razones técnicas "consistían, en realidad, en que, dada la publicidad adquirida por la correspondencia electrónica del atleta relacionada con el dopaje y los artículos publicados en los medios españoles, el ambiente en el equipo español se vería perturbado si (Mullera) formaba parte de la selección porque varios compañeros no aceptarían su presencia en los Juegos de Londres".

"La Federación Española ha reconocido que los correos intercambiados (por Mullera) fueron la base de su decisión de excluirlo del equipo. Sin embargo, hay abierto un procedimiento disciplinario para sancionarlo por dichos correos que no está terminado y a día de hoy no le ha sido impuesta ninguna sanción", añade la resolución del TAS.

El fallo afirma que "el argumento acerca del ambiente del equipo aducido por la Federación Española no puede ser considerado una razón técnica" y que la Federación no pudo contradecir, en base a sus propios criterios de selección, que los datos de Mullera son mejores que los del atleta que le sustituyó, Sebastián Martos.

La Federación, añade el fallo, "no presentó pruebas (por ejemplo, testimonios orales o escritos) de que el ambiente en el equipo pudiera verse verdaderamente afectado" por la presencia de Mullera.

El TAS concluye, por tanto, que "la Federación Española excluyó arbitrariamente" a Mullera "contraviniendo sus propios criterios de selección".

"El Tribunal quiere dejar claro que no justifica la conducta inapropiada del señor Mullera y que comprende la posición de los órganos deportivos que desean combatir el dopaje", añade el fallo.

Mullera fue apartado del equipo español tras las revelaciones sobre presuntas prácticas de dopaje contenidas en correos electrónicos cruzados con un preparador anónimo, en los que éste le ofrecía productos dopantes, entre ellos dos variedades de EPO.

La primera ronda de 3.000 metros obstáculos se disputará el próximo viernes, primer día del atletismo en los Juegos.

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