Madrid. Los mejores deportistas madrileños podrán obtener la condición de “deportista de alto rendimiento”


El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy el decreto por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para obtener el reconocimiento de la condición de 'deportista de alto rendimiento', lo que permitirá a los deportistas madrileños la obtención de importantes beneficios en el ámbito educativo y formativo.
Según explicó el portavoz del Gobierno regional, Salvador Victoria, teniendo en cuenta los resultados obtenidos por los deportistas madrileños con licencia oficial en la temporada 2012-2013, existen alrededor de 400 deportistas a los que se reconocería como 'deportistas de alto rendimiento', de acuerdo con los requisitos deportivos y los criterios técnicos aprobados.
Los deportistas que quieran obtener la condición de 'alto rendimiento', según el decreto aprobado, deberán cumplir los siguientes requisitos: tener la nacionalidad española u ostentar la condición de residente en España; haber nacido en la Comunidad de Madrid u ostentar la vecindad administrativa en alguno de sus municipios; tener licencia deportiva vigente expedida por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española, y no estar cumpliendo sanción firme, de carácter grave o muy grave, en materia deportiva.
Igualmente, deberán acreditar alguna de las siguientes circunstancias: el seguimiento de programas tutelados por la Comunidad de Madrid o por alguna federación deportiva madrileña en centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes; o acreditar el nivel deportivo (en campeonatos de España europeos o mundiales, Juegos Olímpicos o rankings nacionales o mundiales) exigido en la modalidad deportiva correspondiente en alguno de los dos años anteriores, debiendo
haberse obtenido los resultados deportivos por los que se solicita el reconocimiento en representación de la Comunidad de Madrid y, en el caso de haber participado en competiciones de ámbito internacional, en
representación de España.
El decreto establece precisamente los requisitos que deben concurrir para obtener la condición de 'deportista de alto rendimiento' de la Comunidad de Madrid, como condición necesaria para disfrutar de las ayudas y beneficios establecidos en el Real Decreto 971/2007, que establece una serie de medidas para promover la formación y educación y facilitar el acceso a las diferentes ofertas formativas del sistema educativo.
BENEFICIOS
Victoria indicó que la Comunidad de Madrid reconocerá a sus 'deportistas de alto rendimiento' los mismos beneficios educativos y formativos establecidos por la normativa nacional para los deportistas de alto nivel y alto rendimiento de carácter nacional.
Dichos beneficios se refieren al ámbito de la enseñanza universitaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, enseñanzas deportivas de régimen especial y educación de personas adultas.
Entre los beneficios que establece la normativa nacional, en el campo universitario, para las enseñanzas en general, se cita la reserva mínima del 3% de las plazas, y para las enseñanzas de Actividad Física y del Deporte, Fisioterapia y Maestro de Educación Física, además de la reserva mínima del 5% de las plazas, estos deportistas estarán exentos de las pruebas físicas que, en su caso, se establezcan como requisito para el acceso a las enseñanzas y estudios en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
Del mismo modo, la consideración de deportista de alto rendimiento será un criterio prioritario en el proceso de admisión de alumnos en los centros públicos o concertados que impartan Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
En el acceso a los títulos de Formación Profesional de la familia de Actividades Físicas y Deportivas, quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso que sustituye a los requisitos académicos.
Igualmente, en las enseñanzas deportivas de régimen especial, se considerará que estos deportistas de alto rendimiento tienen acreditadas las competencias relacionadas con los requisitos de acceso de carácter específico, en la modalidad o especialidad de que se trate.
En las enseñanzas artísticas, se establecerá una reserva mínima del 5% (en el caso de enseñanzas artísticas superiores del 3%) de las plazas ofertadas para estos deportistas, siempre que cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba específica.
Además, para favorecer la compatibilización de los estudios con la actividad deportiva, la Administración podrá adoptar las medidas necesarias para conciliar los estudios con las responsabilidades y actividades deportivas de los beneficiarios, entre otras medidas.

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