La CNMC considera desproporcionados los requisitos legales a las VTC españolas

  • La Federación Española del Taxi (Fedetaxi) ha interpretado el recurso de la CNMC como un "ataque" al sector del taxi.

    El real decreto recurrido regula la actividad de las empresas de alquiler de vehículos con conductor en cuánto al número de licencias que pueden obtener y su flota.   

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EUROPA PRESS
J.L.G.G.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado una demanda ante el Tribunal Supremo en la que pide la nulidad de varios preceptos de la norma que regula la actividad de las empresas de alquiler de vehículos con conductor (VTC) por imponer requisitos "desproporcionados".

La CNMC recurrió el año pasado ante la Audiencia Nacional un real decreto y una orden aprobados en 2015 que modificaron el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

La Audiencia Nacional admitió a trámite el recurso pero se quedó sólo con la parte referida a la orden y elevó al Supremo la relacionada con el real decreto. En la demanda presentada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la CNMC señala que la disposición impugnada "impone al alquiler de vehículos con conductor requisitos innecesarios y desproporcionados, que encubren razones de naturaleza económica, en beneficio" del sector del taxi.

Por ello, el organismo regulador pide que el Supremo declare la nulidad de tres apartados del artículo único del real decreto y de la disposición transitoria única, concretamente del artículo único, apartados uno, dos y cinco.   

De esta manera, los artículos uno y dos se refieren a la limitación de nuevas autorizaciones de licencias VTC cuando se supere la relación de una VTC por cada 30 taxis, así como a la justificación exigida a los VTC de que los servicios son contratados previamente a la circulación y la prohibición de captar clientes en la vía pública.

Asimismo, la CNMC se opone al artículo cinco que delimita territorialmente la actividad de los VTC en tanto que refleja que el 20% de los recorridos efectuados trimestralmente deben realizarse en la comunidad autónoma en que se haya concedido la licencia.No se refiere a Uber ni CabifyNo obstante, el decreto no se refiere directamente a Uber ni a Cabify, puesto que sólo son plataformas que intermedian entre las empresas de VTC y los pasajeros.Fedetaxi, que ha informado en un comunicado de la presentación de la demanda, asegura que la CNMC no litigará representada por la Abogacía del Estado, sino por un despacho privado de abogados, siendo Fomento quien contará con la asistencia de dicha Abogacía del Estado.Competencia se fundamenta en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, a pesar de la anulación reciente de varios artículos por el Tribunal Constitucional, que continuará siendo aplicada durante el litigio en el Supremo, por lo que se mantendrán las limitaciones al otorgamiento de autorizaciones VTC que expiden las comunidades autónomas.Desde la Federación española del taxi sostienen que tras este litigio existe una "pugna de poder velada entre Luis de Guindos y el Ministerio de Fomento" y aseguran que el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, se ha posicionado "claramente a favor" del mantenimiento de la normativa vigente.

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