EL SUPREMO ANULA PARTE DE UNA NORMATIVA DE 2013 POR DAR UNA VENTAJA COMPETITIVA A LAS DISTRIBUIDORAS ELÉCTRICAS

El Tribunal Supremo ha anulado, a instancias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), un apartado de un real decreto de 2013, en el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica, que otorgaba una ventaja competitiva a las distribuidoras eléctricas frente a los instaladores de redes.
Según informó la CNMC, el artículo impugnado implicaba que la distribuidora eléctrica era la empresa que debía remitir el primer presupuesto al cliente que quisiera ejecutar una nueva instalación eléctrica o una ampliación.
De esta forma, las instaladoras eléctricas autorizadas, que compiten en un mercado que está liberalizado, se encontraban en una situación de desventaja frente a la distribuidora y sus instaladores subcontratados.
El tribunal ha estimado el recurso y ha anulado dicho artículo al considerar que no permite competir en igualdad de condiciones a las empresas instaladoras.

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