Madrid, 21 sep.- Los administradores concursales, que gestionan los concursos de acreedores de familias y empresas, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra el pago de daños por valor de hasta 4 millones de euros que pudieran causar en el ejercicio de su cargo.
Según el Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Justicia, la póliza de estos profesionales deberá garantizar una indemnización que variará en función del número de concursos en los que intervenga y la complejidad que tengan.
Para los profesionales, la suma asegurada oscilará entre los 300.000 euros y los 3 millones de euros, una cifra que se elevará en el caso de las empresas dedicadas a estas labores, que deberán tener garantizada una indemnización de entre 2 y 4 millones de euros.
En un comunicado, el departamento dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón señaló que "con este real decreto se pone fin a la inseguridad jurídica existente desde la entrada en vigor de la reforma concursal el pasado 1 de enero sin que ese desarrollo reglamentario estuviera aprobado".
En esa reforma se introdujo la exigencia de que el administrador concursal disponga de un seguro de responsabilidad civil o una garantía equivalente constituida por una entidad de crédito, con el objetivo de que responda de posibles indemnizaciones ante las empresas o particulares en suspensión de pagos o sus acreedores.
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