Ahorros

Quiero cancelar un depósito antes de tiempo: ¿pueden cobrarme comisiones?

Una de sus características es la indisponibilidad del dinero, lo que permite obtener una mayor rentabilidad. Pero el titular puede necesitar el dinero antes de tiempo, para lo que tendría que cancelar el depósito.

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Las comisiones que te pueden cobrar por cancelar un depósito antes de tiempo
Arthon meekodong a través de Canva

Un depósito es un producto bancario a través del que el cliente puede rentabilizar sus ahorros en un plazo fijado de antemano. En concreto, se deja el dinero sin poder utilizarlo durante un tiempo concreto y al llegar a la fecha fijada se obtiene devuelta la cantidad entregada junto a unos intereses pactados. El importe será el que se haya pactado con la entidad y deberá estar firmado en el contrato. Estos productos financieros tiene la característica de no poder disponer del dinero en el tiempo establecido por contrato, por lo que si deseas cancelarlo antes de tiempo el banco, puede cobrarte comisiones.

Su principal característica es la indisponibilidad del dinero, lo que permite obtener una mayor rentabilidad que, por ejemplo, una cuenta a la vista. Así lo confirma el Banco de España (BdE): "generalmente, ofrece una mayor rentabilidad que una cuenta a la vista, en base a la indisponibilidad del dinero durante el plazo contratado". El plazo puede variar desde meses a varios años y los expertos aconsejan valorar las necesidades de liquidez para elegir entre un plazo u otro.

El plazo durante el que se no se puede disponer de ese dinero queda fijado en el contrato de apertura del depósito. No obstante, pese a que el objetivo del depósito a plazo es mantener el dinero durante el tiempo estipulado para obtener mayor rentabilidad, es posible que el titular del depósito necesite el dinero antes del vencimiento y podría recurrir a él con la cancelación del depósito. Para ello, es necesario comunicarlo a la entidad y se recomienda hacer la comunicación de forma escrita.

Comisiones fijadas en el contrato

Eso sí, en caso de cancelación, es habitual que el titular tenga que pagar una penalización en forma de porcentaje sobre el tipo de interés o comisión. En el caso de comisión, el BdE explica que cualquier comisión que cobra una entidad es libre, aunque con límites: “el máximo de los intereses devengados desde que se contrató el depósito hasta la fecha de cancelación”.

Sin embargo, esta limitación no afecta a la obligación de la entidad de practicar la retención fiscal prevista en la normativa fiscal, por lo que, puede ocurrir que tras la cancelación anticipada obtengas un importe inferior a la cantidad depositada inicialmente.

Igualmente, para poder aplicarte una comisión o una penalización en un depósito a plazo, debe estar recogido en el contrato. Por ello, es recomendable que antes de contratar un depósito prestar atención no solo a la remuneración que se va a percibir, sino también el resto condiciones como puede ser la posibilidad de cancelación previa y sus correspondientes penalizaciones.

Si esta información no está incluida en el contrato y no hay acuerdo entre ambas partes –entre el cliente y la entidad-, no se podrá realizar la cancelación anticipada por la sola voluntad de una sola de las partes. En estos casos, recuerda el BdE, es necesario que la entidad y el cliente lleguen a un acuerdo sobre las condiciones en las que esa cancelación anticipada podría tener lugar.

La cancelación es posible en la mayoría de los depósitos, pero el BdE recuerda el caso particular de los depósitos a plazo estructurados o híbridos, en los que la rentabilidad está vinculada a la evolución de un determinado índice, del valor de una cesta de acciones, o incluso de que tenga lugar o no un acontecimiento futuro. “La entidad probablemente no permitirá su cancelación anticipada y, caso de permitirla, serán en unas condiciones muy distintas a las de los depósitos tradicionales”, avisa.

Además de la comisión o penalización por cancelar un depósito, hay que tener en cuenta que cuando hay más de un titular y uno de ellos pretende cancelar de forma anticipada el depósito a plazo, es necesario que la orden de cancelación anticipada sea dada por todos los titulares. Pero también es posible que sea la propia entidad bancaria quien lleve a cabo la cancelación anticipada del depósito a plazo fijo. Esto se producirá si así lo prevé el contrato y con el plazo de preaviso que se indique en el mismo.

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