Cataluña aprueba la rebaja de sueldo del 3% para los funcionarios

  • La Generalitat ha aprobado hoy una rebaja del 3% del sueldo anual de los funcionarios y otros trabajadores públicos, que se aplicará en la nómina de junio coincidiendo con la paga extraordinaria.

EFE

La Generalitat ha aprobado hoy una rebaja del 3% del sueldo anual de los funcionarios y otros trabajadores públicos, que se aplicará en la nómina de junio coincidiendo con la paga extraordinaria.

En un comunicado, el Gobierno catalán explica que a los altos cargos y personal directivo de la administración, además del recorte del 3 %, les reducirá el equivalente a una de las pagas extraordinarias, que se hará entre los meses de junio y diciembre, cuando éstas se perciben.

Según el gobierno, estas medidas de ahorro presupuestario tienen un carácter temporal y la Generalitat ha recordado hoy que, si el Gobierno español recorta salarios a los empleados públicos, la administración catalana no aplicará este doble ajuste.

En todo caso, el Gobierno catalán ha aclarado que el acuerdo prevé la posibilidad "de adecuar esta minoración en caso de que lo requiera de manera inexcusable la situación presupuestaria del año 2012".

Y es que el ejecutivo catalán, que según lo datos del Estado cerró 2011 con un déficit público del 3,72 % del PIB, se verá obligado a drenar unos 4.800 millones de euros a lo largo de este año si quiere cumplir con el objetivo marcado del 1,3 %, por lo que hoy el ejecutivo de Artur Mas no ha cerrado la puerta a nuevos ajustes.

Además, ha aprobado también un acuerdo que establece la contención de la plantilla pública, así como las limitaciones a los nombramientos y contrataciones de personal temporal para el año 2012.

Concretamente, no se sustituirán aquellos puestos de trabajo vacantes como consecuencia de jubilaciones, defunciones o cualquier otra forma de extinción definitiva de la relación laboral, excepto que las vacantes se produzcan en los servicios públicos esenciales.

De esta forma, tampoco se nombrará personal interino ni se harán contrataciones de carácter temporal "excepto para cubrir necesidades urgentes e inaplazables de los servicios públicos esenciales y en colectivos específicos de número reducido".

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