Audiencia provincial de Cáceres

Condenados a 4 años y medio de prisión a los acusados del robo de vino de Atrio

La sentencia, dictada por el tribunal de la Audiencia Provincial de Cáceres, Joaquín González Casso, no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJEx

Condenados a 4 años y medio de prisión a los acusados del robo de vino de Atrio
Condenados a 4 años y medio de prisión a los acusados del robo de vino de Atrio
Europa Press

Tras el juicio de los acusados del robo de 45 botellas de vino del restaurante Atrio de la capital cacareña la tarde del 26 de octubre de 2021, la Audiencia provincial de Cáceres ha condenado a cuatro años y seis meses de prisión a Constantin Dumitru y con cuatro años de prisión a Priscila Lara Guevara

Se les condena por ser autores responsables de un delito de robo con fuerza en el establecimiento abierto al público de especial gravedad. Además, deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 753.454 euros a la aseguradora Reale que llegó a un acuerdo con los dueños de Atrio a los que indemnizó por el valor que se reclama y que también coincide con el precio del peritaje que se realizó a los vinos que desaparecieron de la bodega.

La Audiencia Provincial considera como pruebas que los dos acusados puestos de común acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito, decidieron que se alojara la mujer en el hotel Atrio de Cáceres el día 26 de octubre de 2021, lugar que conocían por haber estado previamente planificando el hecho los días 1 de junio, 13 de junio y 12 de agosto de 2021.

¿Cómo fue la planificación del atraco?

La reserva de la habitación de hotel fue realizada únicamente por la mujer utilizando un pasaporte falso para ocultar su identidad en todo momento y llevaba con ella únicamente una mochila que al ser cogida en un descuido de Priscila por un empleado observó que estaba vacía y no tenía peso alguno.

La sentencia indica que después, se presentó el varón para cenar y alojarse, sin registrarse en el hotel. Tras cenar en el restaurante, realizaron una visita guiada a la bodega y subieron a la habitación. Sobre las 2,10 horas de la madrugada la acusada llamó a recepción, pidiendo una ensalada e interesándose repetidamente por el tiempo que tardaría en ser servida al único empleado que se encontraba en ese momento en el hotel-restaurante.

El empleado de recepción, tras negarse a realizar la comanda, manifestándole que se encontraba solo y la cocina cerrada y extrañado por la solicitud, dado que habían cenado un menú degustación de 14 platos, ante la insistencia de la acusada accedió a la petición, indicando que tardaría por lo menos unos 20 minutos en servir lo solicitado y llevarlo a su habitación.

El empleado se dirigió a la cocina, momento aprovechado por el acusado, quien se presentó en la recepción donde cogió una llave electrónica con la que acudió a la bodega, no teniendo éxito en su apertura por no tratarse de la llave adecuada. El empleado, tras subir la ensalada, regresó a recepción.

El acusado, al ver que la llave no abría la puerta de la bodega, realizó una llamada a la mujer que se encontraba en la habitación desde la puerta de la bodega para que volviera a entretener al recepcionista. De esta forma, momentos después, la acusada reiteró la llamada a recepción, en esta ocasión, para solicitar un postre, a lo que nuevamente el empleado puso reparos y sospechó, accediendo finalmente a llevarle algo de fruta.

El acusado volvió a la recepción y de una caja cogió la llave maestra número 27, abriendo con ella la bodega, accediendo a la sala de catas donde se apoderó de 45 botellas de vino que guardó en una mochila y dos bolsos de gran tamaño con los que subió inmediatamente a la habitación antes de que el empleado regresara a la recepción del hotel tras llevar el postre.

Los acusados abandonaron el hotel sobre las 5,00 horas cargando el varón la mochila a la espalda y los dos bolsos con las botellas, en las que había introducido toallas de baño del hotel para evitar que tintinearan entre ellas, subiéndose a un vehículo, concluyen los hechos probados de la sentencia.

La sentencia, dictada por el tribunal de la Audiencia Provincial de Cáceres, presidido por el magistrado Joaquín González Casso, no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

Cabe recordar que el juicio por este robo quedó visto para sentencia el pasado miércoles después de tres sesiones por las que pasaron unos 16 testigos y cuatro peritos que aportaron pruebas, como la del AND de restos biológicos que se encontró en el baño de la habitación donde se alojaron y que eran coincidentes con los acusados, así como las grabaciones de las cámaras de seguridad o el control de los teléfonos que los sitúan en el hotel la noche de los hechos.

Mostrar comentarios