Decano de los jueces valencianos: La sentencia de la UE es una revolución

  • El decano de los jueces valencianos, Pedro Viguer, ha explicado hoy que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre las ejecuciones hipotecarias españolas no paralizará los desahucios pero supone una revolución porque faculta a los jueces para detectar posibles cláusulas abusivas.

Valencia, 12 abr.- El decano de los jueces valencianos, Pedro Viguer, ha explicado hoy que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre las ejecuciones hipotecarias españolas no paralizará los desahucios pero supone una revolución porque faculta a los jueces para detectar posibles cláusulas abusivas.

Viguer ha hecho estas declaraciones durante una jornada sobre endeudamiento familiar y ejecución hipotecaria celebrada en la Universidad de Valencia, en la que han participado otros expertos juristas.

Ha asegurado que actualmente en Valencia se producen cinco veces más ejecuciones hipotecarias que en 2006, un proceso que, según la Corte de Luxemburgo priva al deudor de garantías de defensa.

"Un juez está facultado para conceder moratorias a quien deja de pagar un plazo de una lavadora, pero no a quien deja de pagar una letra de un piso a pesar de que quien compra una vivienda arriesga más y debería recibir mayor protección", ha considerado.

Viguer ha subrayado que las ejecuciones hipotecarias españolas habían sido declaradas constitucionales en dos ocasiones antes de ser "duramente criticadas" por la citada sentencia del tribunal europeo.

Esta resolución supone, a su juicio, un "cataclismo" del sistema procesal español, una "revolución" que genera "un enorme vacío legal" y que preocupa a los jueces porque no saben "cómo afrontar las contradicciones".

En su opinión, debería haber en España un régimen legal especial referente a la vivienda habitual "más humanizado y flexible" y una ley de "segunda oportunidad" que evite la "muerte civil del ciudadano deudor".

El magistrado del Supremo Javier Orduña ha disertado sobre la cláusula "rebus sic stantibus" (estando así las cosas) que permite modificar o resolver un contrato cuando las condiciones originales han cambiado radicalmente para una de las partes y, en consecuencia, se "siente perjudicada en su cumplimiento".

"Ocurre todos los días, muchas legislaciones o contratos específicos disponen de cláusulas de estabilización de precios. Sucede en los convenios de separación o divorcio, hay cláusulas de revisión", ha explicado este magistrado.

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