El cgpj propone ampliar el plazo para impugnar las resoluciones del frob cuando se liquidan bancos


El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) propone que, en los procesos de recuperación o liquidación de entidades bancarias, se amplíe el plazo para impugnar las resoluciones del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).
Según informó el CGPJ, su pleno aprobó este jueves, por 17 votos a favor y cuatro en blanco, el informe sobre el anteproyecto de ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
El informe señala que el anteproyecto “parte de la ineficacia demostrada por los procedimientos de insolvencia ordinarios y por los mecanismos resolutorios basados en ayudas públicas para atajar las situaciones concursales de las entidades bancarias”.
Por este motivo, la futura ley fija instrumentos dirigidos a salvaguardar la viabilidad de las entidades o garantizar la adecuada resolución de las que resulten inviables. Esto se hace bajo la premisa de que los costes deben ser soportados por los accionistas y los acreedores o, alternativamente, por un fondo financiado por la propia industria financiera.
“BREVE PLAZO”
A este respecto, el texto aprobado por el pleno del CGPJ propone la ampliación del plazo de impugnación de las resoluciones de carácter mercantil dictadas por el FROB.
En este sentido, los vocales del Consejo consideran que “sería necesario ampliar el breve plazo de caducidad para el ejercicio de la acción -quince días- que establece el prelegislador, que no tiene precedentes en otros ámbitos”.
El órgano de gobierno de los jueces aboga, por tanto, por un plazo razonable “que aunase los intereses públicos perseguidos en el proceso (…) y los intereses particulares de los socios y accionistas afectados por la decisión impugnable”. Según los vocales, este plazo podría cifrarse “en un mes a contar desde la publicación del acuerdo o decisión impugnada”.
Además, el CGPJ hace en su informe varias recomendaciones de mejora de técnica legislativa en los procesos de impugnación de las resoluciones dictadas por el FROB. Entre las propuestas está que la futura ley “indique con nitidez cuál es el objeto de la acción de impugnación que contempla, precisando con claridad que viene referida exclusivamente a aquellos acuerdos o decisiones de carácter meramente mercantil”.

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