El Congreso decide el martes cómo poner en marcha su Portal de Transparencia

  • El Congreso acordará previsiblemente este martes el calendario y procedimiento para la puesta en marcha de su Portal de Transparencia, a través del cual cualquier ciudadano podrá acceder a toda la información pública sobre sus actividades que obre en poder de la cámara en cualquier formato o soporte.

Madrid, 10 ene.- El Congreso acordará previsiblemente este martes el calendario y procedimiento para la puesta en marcha de su Portal de Transparencia, a través del cual cualquier ciudadano podrá acceder a toda la información pública sobre sus actividades que obre en poder de la cámara en cualquier formato o soporte.

La ley de transparencia, en vigor desde hace un mes, otorga al Congreso, al Senado y a los parlamentos autonómicos la potestad de regular su aplicación en sus respectivos reglamentos, lo cual deja a las cámaras dos opciones: incluir en su reglamento la regulación concreta del portal o -como ha preferido hacer el Senado- añadir únicamente un párrafo que habilita a la Mesa a aprobar las normas y medidas precisas.

En su reunión del próximo martes, la Junta de Portavoces del Congreso deberá acordar qué procedimiento le parece mejor, según consta en la propuesta escrita que llevará la Presidencia, a la que ha tenido acceso Efe.

También señala el documento que, en ambos casos, "resultaría conveniente establecer un calendario de tramitación que permitiera su aprobación lo antes posible".

Propone asimismo que el contenido del portal gire en torno a cinco apartados: normativa aplicable y descripción de actuaciones; funciones y actividad de los órganos de la cámara, grupos parlamentarios, diputados y administración parlamentaria; información económica, presupuestaria y contractual; datos para la formulación de solicitudes y consultas más habituales y datos abiertos con enlaces a la web.

La propuesta que discutirán el martes los portavoces señala a la Mesa de la cámara como el órgano más adecuado para resolver las solicitudes de acceso a la información que efectúen los ciudadanos y apunta la necesidad de que cuente con otro "órgano de asesoramiento y preparación de sus decisiones".

El escrito contempla además un "doble régimen" en cuanto a los límites que impiden entregar información, según si se refiere a la actividad parlamentaria o administrativa de la institución.

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